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Dan ultimátum a bancos y Buró de Crédito

La Cámara de Diputados aprobó reformas que los obligan a eliminar en 5 días los adeudos liquida de no cumplir se harán acreedores a multas que van desde los 200 a los 2,000 salarios mínimos.
jue 29 noviembre 2007 04:27 PM

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas para obligar al Buró de Crédito y a los bancos a eliminar en un plazo no mayor de cinco días los créditos o adeudos que hayan sido liquidados.

Asimismo tendrán la obligación de suprimir en un lapso no mayor de 72 meses la información sobre algún incumplimiento con instituciones bancarias, independientemente de su estatus.

Durante la sesión ordinaria en el Palacio Legislativo de San Lázaro se aprobó con 308 votos a favor y una abstención, la reforma a la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

Ese ordenamiento obliga a los bancos e instituciones crediticias a informar sobre el historial a sus clientes, así como cuando envíen información al Buró de Crédito.

En tribuna, el diputado federal Antonio Soto, del PRD, expuso que cuando un banco no informe sobre la liquidación de un crédito en un plazo mayor a cinco días al Buró de Crédito, se hará acreedor a multas que van de los 200 a los 2,000 salarios mínimos.

Con ello, se fortalecen los derechos de los usuarios de la banca al acortar los plazos de permanencia en el buró, toda vez que en algunos casos el lapso era mayor a siete años.

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Se establecen sanciones más estrictas cuando no se informe a los deudores el estatus de su reporte y no se cumplan los plazos, además se mantiene la información de los usuarios de créditos sin importar que la cartera pase a manos de otras instituciones.

"Las sociedades de crédito deberán ofrecer a los clientes que lo soliciten, en los términos que acuerden con ellos, el servicio consistente en hacer de su conocimiento cuando los usuarios consulten su historial crediticio, así como cuando se envíe información relativa a la falta de pago puntual de cualquier obligación exigible".

Asimismo cuando el cliente realice el pago total de un adeudo vencido, deberá solicitar al banco que proporcione anticipadamente a la sociedad la información del pago total del adeudo y la eliminación de la clave de prevención u observación correspondiente.

"En este supuesto, el banco deberá enviar dicha información dentro de los cinco días hábiles siguientes a partir de la fecha en que se haya realizado la solicitud del cliente", se menciona.

Las sociedades de crédito o bancos están obligados a conservar los historiales crediticios que les sean proporcionados por los usuarios, correspondientes a cualquier persona física o moral, al menos durante un plazo de 72 meses.

Las sociedades podrán eliminar del historial crediticio del cliente aquella información que refleje el cumplimiento de cualquier obligación, después de 72 meses de haberse incorporado tal cumplimiento en el historial. La reforma aprobada fue turnada al Senado para su análisis.

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