Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

Horario de verano se mantiene en 7 meses

En México no se extenderá un mes más como en Estados Unidos; cualquier propuesta de modificación de horarios estacionales deberá ser presentada al Congreso.
jue 01 marzo 2007 09:34 AM

México mantendrá en 2007 la aplicación del horario de verano de siete meses, a diferencia de Estados Unidos en donde se extenderá a ocho meses.

Así lo dio a conocer la Comisión Nacional para el Ahorro de Energía (Conae) en su página de Internet, donde detalla que en Estados Unidos esta medida se aplicará a partir del próximo 11 de marzo y se extenderá al 4 de noviembre.

En México se pondrá en vigor del 1 de abril hasta el 28 de octubre.

Con la ampliación del horario de verano a ocho meses, el Congreso estadounidense evaluará los resultados en ahorro de energía, por lo que a más tardar el 11 de diciembre determinará si regresará a siete meses o se extenderá a ocho para los próximos años.

Por lo anterior, destacó, es conveniente tomar en cuenta que durante tres semanas de marzo y la primera semana de noviembre, se tendrá una hora de diferencia entre México y Estados Unidos, a excepción de Sonora y Arizona, en donde no se aplica la medida.

Asimismo, la Conae indicó que en esos meses de diferencia habrá un desfase de una hora en los horarios del transporte internacional entre ambos países.

Publicidad

Para ello, aclaró, existen organismos nacionales e internacionales encargados de informar continuamente sobre los horarios vigentes en las diversas ciudades del mundo.

Por su parte, el vocero del Aeropuerto Internacional Benito Juárez de la Ciudad de México, José Luis Uribe, aseguró que en el cambio del horario de verano -situación que obliga a ajustar los relojes para la operación aérea- respetarán la determinación de la Conae.

"La fecha que ellos impongan la tendremos que aplicar, porque ellos son quienes determinan el horario de verano", recalcó Uribe

En tanto, la Conae resaltó que el horario de verano está regido por la Ley del Sistema Horario y un Decreto del Congreso de la Unión, por lo que cualquier modificación debe ser tramitada ante el Legislativo.

Asimismo, agregó que la fecha límite para cualquier interesado en la modificación del horario de verano, gobierno de algún estado o cualquier otro,será del 15 de noviembre del año antecedente a la entrada en vigor de éste y el Congreso tiene como fecha límite el 15 de diciembre para aprobarlo.

De acuerdo al Artículo 5 de la Ley del Sistema Horario cualquier propuesta de establecimiento o modificación de horarios estacionales deberá ser presentada al Congreso, a más tardar el 15 de noviembre del año inmediato anterior al que pretende modificarlo, finalizó.

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad