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Debaten legalidad de reforma energética

Juristas mexicanos debaten la constitucionalidad de la reforma enviada por el Ejecutivo; algunos abogados cuestionan el papel del sector privado en áreas estratégicas de Pemex.
mar 20 mayo 2008 01:40 PM
Los especialistas en derecho constitucional apoyan y critica

El papel que jugará el sector privado en algunas áreas estratégicas de Pemex se convirtió este jueves en tema de debate dentro de los foros organizados por el Senado con miras a aprobar una reforma al sector energético.

Algunos juristas consideraron que la iniciativa enviada por el gobierno de Felipe Calderón es perfectible pero está dentro del marco legal vigente, mientras que otros abogados sugirieron que la intención de abrir el sector energético al sector privado podría ser inconstitucional.

El artículo 27 de la Carta Magna establece que los recursos petroleros son de dominio directo de la Nación. La iniciativa calderonista no prevé cambios en la Constitución, pero intenta regular de forma más clara los contratos que puede celebrar la paraestatal Petróleos Mexicanos (Pemex) con empresas privadas.

Estos son algunos de los postulados realizados este martes por los ponentes:

Arturo Zaldívar Lelo de Larea

Vicepresidente del Instituto Mexicano de Derecho Procesal Constitucional

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Lo que requiere el Legislativo es dotar de una suficiente solidez argumentativa las decisiones que se tomen a efecto de que el peligro de inconstitucionalidad en sede jurisdiccional se reduzca a su mínima expresión.

Las iniciativas presentadas y que hoy se analizan son constitucionales pero perfectibles, es decir, me parece que hay buenos y suficientes argumentos para sostener la constitucionalidad de las iniciativas, pero que sería deseable enriquecerlas a efecto de reducir el margen de vulnerabilidad en sede de análisis inconstitucionalidad.

Mientras no se le llegue a dotar el sentido completo al concepto de explotación y se respete el que no haya concesiones de contratos me parece que las opciones son constitucionalmente válidas.

Descalificar de entrada, a priori, con criterios literales o dogmáticos una iniciativa, poco ayuda al debate de la ayuda de las soluciones, la función de los juristas de los constitucionalistas es interpretar la constitución de la forma que la haga funcional al país.

Jaime Cárdenas

Especialista en Derecho Constitucional

Estas iniciativas no enfrentan los más importantes problemas de la industria petrolera del país, ni tampoco proponen nada respecto a la corrupción del sindicato petrolero, ni respecto de la corrupción de la alta burocracia con Pemex y los contratistas, son reformas que no buscan democratizar al sindicato de Pemex, no son propuestas concebidas desde  la transparencia y la rendición de cuentas, más bien alientan la opacidad y favorecen la ausencia de controles.

No son reformas que estén incorporando a la sociedad civil, no se trata de modificaciones legales que fortalezcan las competencias del poder legislativo y judicial mexicano, más bien las reduce a favor de tribunales extranjero y del derecho extranjero, no son reformas que propongan medidas para racionalizar administrativamente las funciones de Pemex, no son modificaciones que respondan al problema del destino de los excedentes petroleros.

No son propuestas inscritas en la racionalidad y austeridad administrativa de Pemex, no son propuestas interesadas en promover la investigación científica y tecnológica, no son reformas orientadas a fortalecer la inversión pública, no son planteamientos que quieran recuperar pozos abandonados o que fijen reglas para la explotación integra de los mismos.

Mario Becerra

Catedrático de la Escuela Libre de Derecho

El sector privado no puede intervenir en aspectos inherentes a la función exclusiva del Estado en el área estratégica del petróleo en cumplimiento del artículo 27 Constitucional, pero sin embargo sí puede intervenir en las actividades industriales siempre y cuando no sea propietario de los recursos cuyo dominio directo pertenece a la nación ni pueda celebrar actos jurídicos que conlleven a obtener un beneficio, es decir, una renta petrolera.

Corresponde a la nación mexicana el dominio directo del petróleo, es decir, puede usar aprovechar y disponer del mismo única y exclusivamente y también le corresponde obtener las renta petrolera sobre el petróleo y sobre sus derivados.

Lo que se otorga en la reforma en la reforma presentada por el ejecutivo federal es una mayor certeza jurídica puesto que se establece que tratándose del transporte, del almacenamiento y de la distribución tanto del gas como de la petroquímica básica y de los productos derivados de la refinación del petróleo deban necesariamente estar sujetos a previo permiso del estado y la ley reglamentaria.

La propuesta del ejecutivo federal permite que los particulares puedan participar en la refinación del petróleo pero ello no implica bajo ninguna circunstancia el que se les transmita el dominio directo del mismo.

La reforma planteada es perfectible pero me encuentro que sí cumple con los presupuestos constitucionales previstos en los artículos 25, 27 y 28 constitucionales.

Juventino Castro y Castro

Especialista en Derecho Constitucional

Cualquier reforma que admita la intervención directa o indirecta de particulares debe ser considerada como inconstitucional, ya que de aprobarse tal y como se propone se estaría autorizando que Pemex maneje a la industria petrolera nacional no en forma directa y exclusiva, sino involucrando en alguna forma para su manejo al sector privado.

Es evidente que existe un intencionado propósito de introducir confusión sobre lo estructurado por la constitución para las áreas prioritarias y lo decretado exclusivamente para las áreas estratégicas.

Las iniciativas presentadas por el Ejecutivo federal requieren para su aprobación consulta previa a la soberanía popular, porque es ella la titular exclusiva de las riquezas del subsuelo.

Arnaldo Córdova

Investigador de Instituto de Investigaciones Sociales de la UNAM

La iniciativa de reforma energética no debió haberse presentado antes de que se presentara una reforma hacendaria, cada vez está más claro que esta llamada reforma energética, es un sustituto de aquella reforma, la reforma fiscal que desde hace años debió haberse hecho en este país.

Lo que nos propone esta reforma energética es seguir usando a Pemex como el proveedor de las finanzas públicas, no se busca la modernización de la industria ni de la compañía nacional, es un problema de finanzas públicas sin plantear una reforma hacendaria, esto es lo más grave del asunto.

Deberíamos estar discutiendo problemas relativos al ingreso fiscal de la federación y no esto, además esto no tiene ningún fundamento en la constitución.

Los que nos oponemos a las iniciativas de ley de la industria petrolera que ha enviado el gobierno, también deseamos la modernización de Pemex, la queremos como una empresa nacional que tenga suficientes recursos para desarrollarse a sí misma y apoyar el desarrollo integral de México, la queremos con su Instituto Mexicano del Petróleo, bien abastecido de recursos, para que nos vuelva a dar tecnología de punta, en lugar de andar comprándola en el extranjero.

La queremos libre de sindicato mafioso, que sangra a la empresa sin ningún beneficio para los trabajadores, no queremos otra vez la vergüenza de los ‘Pemexgates’, aboguemos porque la iniciativa privada contribuya activamente al desarrollo de nuestra industria petrolera, porque la iniciativa privada es necesaria, pero no queremos que la iniciativa privada obtenga ventajas ilegales y peor, anticonstitucionales.

Héctor Fix Fierro

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

La iniciativa no enfrenta obstáculos específicos de inconstitucionalidad que impidan al congreso de la unión discutir las iniciativas de carácter técnico, económico, administrativo e incluso político.

Es posible interpretar las disposiciones constitucionales vigentes de un modo sistemático, razonable y coherente a fin de que el legislador pueda adoptar las decisiones de política pública más convenientes, para enfrentar y revertir la difícil situación en la que se encuentra la explotación de un recurso, que ha sido y seguirá siendo, esencial para el país.

Quienes argumentan que de ser aprobadas las iniciativas analizadas serían inconstitucionales, no sólo dan a entender que las disposiciones constitucionales tienen un significado único, lo cual no es correcto, porque siempre son posibles otras interpretaciones, y la cuestión se reduce a saber cuál es la mejor interpretación.

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