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Senado avala ley de enfermos terminales

Los legisladores aprobaron reformas a la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos con ello los enfermos terminales podrán pedir la suspensión de su tratamiento curativo.
mar 25 noviembre 2008 06:49 PM
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El Senado aprobó, con 84 votos y una abstención, reformas a la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos, con lo cual los enfermos terminales podrán pedir la suspensión de su tratamiento curativo. Ello implica cancelar todo tratamiento que pretenda alargar la vida de los enfermos, quienes sólo recibirán medicamentos para disminuir el dolor, así como cuidados paliativos adecuados a su enfermedad, "para que mueran dignamente".

Al hablar a favor del dictamen, el presidente de la Comisión de Salud, Ernesto Saro Boardman, aclaró que "no tiene nada que ver con la eutanasia" y el objetivo es que los pacientes terminales tengan derecho a pedir la suspensión de su tratamiento.

"Se pretende que los enfermos terminales puedan morir rodeados de sus seres queridos, de preferencia en su casa, y evitar que se prolongue su agonía a través de medios artificiales", agregó el legislador del Partido Acción Nacional (PAN).

Sostuvo que dichos enfermos podrán recibir en su domicilio tratamientos o cuidados paliativos adecuados a su enfermedad, necesidades y calidad de vida.

El dictamen implica la suspensión de todo tratamiento que pretenda prolongar inútilmente la vida del enfermo, lo cual se conoce como "ensañamiento terapéutico".

De esta manera, toda persona mayor de edad y en uso de sus facultades puede, independientemente de su estado de salud, expresar su voluntad por escrito ante dos testigos, de recibir o no cualquier tratamiento en caso de que llegase a padecer una enfermedad terminal.

En tanto, el paciente en situación terminal, mayor de edad y en pleno uso de sus facultades mentales, tiene derecho a la suspensión voluntaria del tratamiento curativo y al inicio de una medicación estrictamente paliativa.

A su vez, las instituciones del Sistema Nacional de Salud ofrecerán los servicios de orientación y asesoría al enfermo en situación terminal y/o a sus familiares en el caso de que los cuidados paliativos se lleven a cabo en el domicilio particular.

Si ese es el caso, la Secretaría de Salud pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que se oriente, asesore y dé seguimiento al enfermo o a sus familiares.

Las instituciones de salud tendrán además la obligación de proporcionar los cuidados paliativos correspondientes al tipo y grado de padecimiento, desde el momento del diagnóstico de la enfermedad terminal hasta el fallecimiento del paciente.

Las reformas a la Ley General de Salud en materia de cuidados paliativos fueron enviadas al Ejecutivo federal, para su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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