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En el DF, restringen horarios en antros

El horario de cierre será a las 3 de la mañana y la venta de alcohol se suspenderá media hora a en los establecimientos del Distrito Federal la propina no será obligatoria ni el pago por cubi
jue 04 diciembre 2008 10:45 PM
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La Asamblea Legislativa aprobó la nueva Ley de Establecimientos Mercantiles del Distrito Federal, que regula los horarios de operación y la venta de alcohol de centros nocturnos, restaurantes y otros, además de que prohíbe las "barras libres". El dictamen de las comisiones unidas de Administración Pública Local y Fomento Económico de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) obliga a facilitar la disponibilidad de condones a los clientes de esos sitios conocidos como "antros".

La propuesta fue aprobada por unanimidad en lo general, aunque legisladores del PAN, de la Coalición Socialdemócrata y del PRD se reservaron varios artículos, entre ellos, el de la limitación de los horarios, lo que extendió el debate por cuatro horas, pero al final no se hicieron cambios.

De esta forma, cantinas, bares, cervecerías, discotecas, entre otros establecimientos, tendrán que operar en un horario de 11:00 horas a 3:00 horas del día siguiente y la venta de alcohol en estos negocios se deberá suspender media hora antes del cierre.

La normatividad establece que los días domingos y lunes estos negocios deberán cerrar una hora antes que el resto de la semana, es decir que suspenderán la venta de alcohol a la 01:30 horas y cerrar a las 02:00 horas.

Los restaurantes podrán operar de las 07:00 horas hasta las 02:00 horas del día siguiente, los salones de fiesta de las 10:00 horas a las 03:30 horas del día siguiente, mientras queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en establecimientos infantiles.

También se determinó, a propuesta del perredista Antonio Lima Barrios, que los negocios no podrán obligar a sus clientes a dar propina, además de que queda anulado exigir pagos por concepto de cubierto.

Sin embargo, el tema que generó la mayor polémica fue el relativo a incorporar un artículo para "proteger y fortalecer" a los mercados públicos y evitar que se construyan supermercados a un radio no menor a 2.5 kilómetros a la redonda de estos.

Los legisladores rechazaron esta propuesta del perredista Ramón Jiménez López y la socialdemócrata Carla Sánchez-Armas García, pues consideraron que es inconstitucional, aunque indicaron que el tema quedaría para un debate posterior o una Ley de Mercados.

Así fueron desechadas la mayoría de las propuestas de modificación, inclusión y adiciones al articulado de la nueva normatividad, con lo que prácticamente no se modificó de fondo el dictamen original.

El ordenamiento también obliga a los responsables o dueños de discotecas, bares, cantinas, cervecerías, entro otros, a no excederse en la capacidad de asistentes.

De lo contrario podrían ser objeto de una sanción que podría ser desde una multa, la clausura inmediata o la revocación de la licencia para operar.

Asimismo, endurece las medidas de verificación, para lo cual se contará con un número mayor de empleados de las delegaciones que se dediquen a corroborar que dichos establecimientos operen de forma regular.

Los legisladores avalaron la conformación de un consejo ciudadano de verificación que se aboque también a la tarea de certificar el funcionamiento óptimo de dichos locales comerciales.

Además se otorgan facultades a la Secretaría de Protección Civil del Distrito Federal para que pueda llevar a cabo dichas verificaciones, en particular en lo referente a las medidas de seguridad en estos negocios.

La norma también pretende agilizar y simplificar los trámites de apertura de negocios y establece la expedición de dos tipos de licencias.

La ordinaria que se otorgará a restaurantes, salones de fiestas, hoteles, cines, teatros y auditorios; así como la especial para establecimientos en los que se distribuyan o vendan en su interior bebidas alcohólicas.

La ley aprobada por los 45 asambleístas presentes en la sesión, entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, y en esta ocasión para mayor difusión se prevé que se publique en el Diario Oficial de la Federación.

Esto significa que la ley entraría en vigor en el primer bimestre de 2009.

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