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SCJN anula 'subasta' de radio y TV

La Corte anula el proceso de subasta de concesiones de estaciones de radio y televisión; la medida busca evitar el monopolio y la concentración de medios en quienes tengan poder económ
sáb 04 enero 1000 11:23 PM
Los ministros declararon inconstitucionales varios artículos

Con un voto unánime la Suprema Corte de Justicia de la Nación  (SCJN) anuló el mecanismo de subasta de concesiones de radio y televisión, procedimiento que establecía la ley de medios.

Los nueve ministros de la Corte que analizan la inconstitucionalidad de la Ley Federal de Radio y Televisión declararon inconstitucional el artículo 17-G que establece que las licitaciones de una concesión de radiodifusión se otorgarían a través de “subasta pública”, por lo que las nuevas concesiones deberán otorgarse a través de una licitación en la que prevalezcan otros criterios como el de la función social sobre el poder económico de los solicitantes de frecuencias.

“La subasta pública da predominio a lo económico”, dijo la ministra Margarita Luna al argumentar la inconstitucionalidad de dicho artículo.

El proyecto de resolución aprobado por los ministros  señala que el otorgamiento de las concesiones debe realizarse con base en distintos parámetros que atiendan a la función social del servicio de radiodifusión, en lugar de privilegiar la subasta que atiende estrictamente a criterios meramente económicos. De esa manera, se elimina la referencia de “subasta pública.”

Los ministros dejaron en claro que el principio para adoptar esta decisión es impedrir los monopolios.

“Los medios de comunicación concentrados en pocas manos permiten concentrar la información y manipular e impedir que el público pueda contribuir al debate; en medio del espectáculo no hay mercado a las ideas, el argumento toral de este concepto de invalidez es precisamente el fundamento antimonopolio”, dijo la ministra Olga Sánchez Cordero.

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Para justicicar la inconstitucionalidad de la 'subasta pública' de concesiones de radio y televisión, el ministro Genaro Góngora solicitó incluir conceptos de derechos de libre expresión en la sentencia, sin embargo, quedará a consideración del ministro ponente, Salvador Aguirre incluir estos en la resolución final.

Los ministros también declararon inconstitucional el plazo fijo de 20 años de las concesiones de radio y televisión. Ya que viola los artículos 28 y primero de la Constitución.

La Corte consideró que el establecer un término fijo de 20 años para las nuevas concesiones, deja al Estado sin oportunidad para que pueda otorgarlas por menos tiempo.

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