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Arresto para los conductores borrachos

La Suprema Corte determinó que las autoridades en el DF pueden arrestrar por 36 horas a los ebr
mié 20 junio 2007 05:44 PM

Los conductores que hayan bebido alcohol de más y sean detenidos por las autoridades en la Ciudad de México deberán forzosamente que pasar 36 horas bajo prisión, sin posibilidad de pagar una multa para evitar la cárcel.

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las autoridades podrán encarcelar a los conductores que no pasen la prueba del alcoholímetro, el aparato que demuestra si los automovilistas tienen un alcohol en aire expirado superior a 0.4 miligramos por litro.

“De darse esta situación, (la persona) será sancionada por la autoridad competente, con arresto hasta por 36 horas, sin opción para conmutar la sanción”, indicó la SCJN en una resolución emitida este miércoles.

El alto tribunal determinó que el artículo 102 del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal, que prevé el arresto por conducir en estado de ebriedad, no viola la Carta Magna.

Los ministros tomaron cartas en el asunto ya que resolvieron una contradicción entre dos tribunales de menor jerarquía, que estaban en desacuerdo sobre en qué casos se arrestaba o se multaba al conductor que era detenido en estado de ebriedad.

Los alcoholímetros fueron legalizados en septiembre de 2003, cuando el entonces jefe de Gobierno, Andrés Manuel López Obrador, publicó en la Gaceta Oficial del DF las reformas al artículo 100 y adiciones al Reglamento de Tránsito. El programa es llamado ‘Conduce sin Alcohol’.

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La Secretaría de Seguridad Pública empezó aplicando la prueba de alcoholímetros en 10 puntos del Distrito Federal con el fin de evitar que los conductores manejen en estado de ebriedad y reducir así los accidentes.

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