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Sin dinero para vivir por los impuestos

La Corte estableció que nadie puede pagar impuestos que lo dejen sin dinero para vivir; aunque es una tesis aislada, los causantes pueden ampararse contra los nuevos gravámenes citánd
lun 08 octubre 2007 06:00 AM
No pagues más por lo mismo (Archivo).

Los contribuyentes que consideren que la carga fiscal que entrará en vigor el próximo año ya no les permitirá vivir dignamente podrían interponer recursos legales contra los nuevos gravámenes, al amparo de una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que habla sobre el dinero “mínimo vital” que se requiere para vivir.

“El derecho al mínimo vital exige analizar si la persona que no disponga de los recursos materiales necesarios para subsistir digna y autónomamente puede ser sujeto de ciertas cargas fiscales que ineludible y manifiestamente agraven su situación de penuria”, cita la tesis aislada de la Corte, que se emitió en mayo.

El criterio de la Corte únicamente se puede tomar como una referencia por parte de la autoridad judicial o jurisdiccional, ya que no sienta jurisprudencia, explicó en entrevista el catedrático de la Universidad Panamericana (UP), Luis José Béjar.

“Con el ánimo de recaudar (…), en ocasiones no ha tomado en cuenta (el Gobierno) que para poder recaudar hay que medir la capacidad económica del contribuyente y como eso se ha dejado un lado y la autoridad no ha medido las capacidades reales de pago, de ahí surgen estas tesis del mínimo vital”, consideró por separado el socio director de Servicios Jurídicos Integrales de Ernst & Young (E&Y), Herbert Bettinger,

Sin embargo, la SCJN no determina cuál es el mínimo vital.

Expertos de E&Y,  Horwath Castillo Miranda (HCM), Márquez, Ojeda y Cía, la UP y la Universidad Anáhuac del Sur (UAS) coincidieron en que al no haber una definición del “mínimo vital” sería difícil determinar a cuánto debe ascender.

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“El tener conceptos tan amplios o genéricos, el problema que ocasiona es que finalmente va a quedar al arbitrio de la autoridad cuando sea un mínimo vital o no”, indicó en entrevista la experta legal de la Universidad Anáhuac del Sur (UAS), Margarita Palomino.

En tanto que el socio de Márquez, Ojeda y Cía., Óscar Márquez, destacó que el mínimo vital “no es el mismo en un hombre soltero, que en uno casado, o en uno que tiene 5 hijos o en uno que tiene 7”.

“Queda mucho a discreción quién va a decir cuál es el mínimo vital”, señaló por su parte el experto fiscal de Horwath Castillo Miranda, Jaime Zaga,

Por ejemplo, precisó Márquez, la Constitución define al salario mínimo como la retribución mínima para sobrevivir; sin embargo, si se toma la inflación de 1982 hasta la fecha, el salario mínimo actual debiera de ser de 213.33 pesos y no de 50.57 pesos, que es la tarifa vigente. Esto significa que quienes ganan esto ya perciben menos del mínimo para sobrevivir.

Empero, explicó Márquez, actualmente con las exenciones, acreditaciones y demás realmente quienes ganan entre 3 y 4 salarios mínimos prácticamente no causan impuestos.

¿Qué es un amparo?

Béjar explicó que un amparo es cuando una persona o empresa interpone un recurso legal en contra de una ley o reglamento que ya entró en vigor y que lo afectará.

Dependiendo del tipo de norma, la persona o empresa tiene 15 o 30 días para interponer el recurso legal, contados a partir del primer acto de aplicación de la ley.

El amparo tiene de cierta forma dos tiempos, uno en donde se puede dar una suspensión provisional del acto de ley y otro donde se puede dar la suspensión definitiva del acto de ley, ambos pueden suceder antes de que se concluya el proceso legal, detalló el experto en la materia.

Sin embargo, explicó el catedrático de la UP, en materia fiscal es raro que se pudiera dar una suspensión.

“Los impuestos son una cuestión de orden público, de interés social y ante esta situación no se permiten las suspensiones”, detalló Béjar.

Béjar y Bettinger estimaron que el tiempo que se puede llevar un proceso de amparo varía dependiendo de la ciudad donde se interponga y puede llevarse desde 6 u 8 meses hasta poco menos de dos años, explicaron por separado Béjar y Bettinger.

Para las grandes empresas, que ya cuentan con un equipo de abogados, es más fácil interponer un amparo; para los ciudadanos el proceso puede ser costoso.

Los diversos entrevistados estimaron que el amparo podría costar desde unos 5,000 pesos si es multitudinario hasta cerca de 100 mil pesos, a lo que habría que sumar el tiempo que se lleve el proceso.

Si quieres comentar más sobre este u otros temas entra a El buró de Verónica.

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