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Banca seguirá vendiendo cartera: CNBV

Las instituciones financieras podrán enajenar sus créditos a terceros, como hasta ahora; es poco probable que los amparos promovidos por perredistas contra la medida prosperen.
dom 16 septiembre 2007 11:05 PM
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Los bancos suelen vender su cartera emproblemada a terceros

Los bancos podrán continuar vendiendo su cartera crediticia a terceros, tal como lo han venido haciendo hasta ahora, con base en las reglas emitidas por las autoridades financieras, aseguró la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

“Toda la regulación expedida por la CNBV continúa siendo aplicable y en valor y además responde a un principio de constitucionalidad”, aseguró en entrevista el vicepresidente de Normatividad de la autoridad financiera, Jorge González.

El 30 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió un amparo interpuesto por un ciudadano en contra de la venta de su crédito vencido a una recuperadora de cartera y falló que parte del Artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito era inconstitucional en cuanto a permitir a la CNBV autorizar excepciones a esta norma.

El artículo 93 indica que las instituciones de crédito sólo podrán ceder o descontar su cartera con el Banco de México u otras instituciones de crédito, o con fideicomisos constituidos por el Gobierno federal para el fomento económico y que la CNBV podría hacer excepciones a este artículo.

González explicó que debido a que la decisión de los Ministros de la Corte no fue unánime y a que únicamente se trata de un amparo, no existe jurisprudencia para que la decisión se aplicara de forma general.

“El Artículo 93 y las disposiciones (…) expedidas con fundamento en este artículo siguen manteniendo su régimen y son disposiciones vigentes, por lo tanto los bancos pueden seguir aplicando estas disposiciones”, detalló el funcionario.

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Tras la crisis que desató la devaluación del peso en 1995, las instituciones financieras comenzaron a vender su cartera emproblemada a terceros, lo que propició el surgimiento de muchas administradoras o recuperadoras de carteras crediticias.

Estos negocios adquieren los créditos vencidos a veces hasta por 10 centavos por cada peso y buscan cobrarlo al deudor.

Las administradoras no están reguladas por las autoridades financieras, ni existe una regulación específica para este tipo de negocios.

Sin embargo, González detalló que sí está expresamente prohibido que el banco pueda venderle cartera a empresas a las que también les otorgue financiamiento, conforme a lo previsto en la circular única que emitió la CNBV en diciembre de 2005.

El vicepresidente de Normatividad de la CNBV consideró que difícilmente pudiera presentarse otro caso como el del amparo que resolvió recientemente la Corte.

“El riesgo es mínimo o nulo dado que existe el criterio de la Corte en el sentido de que no hay legitimación por parte de los deudores para interponer amparos, dado que su situación jurídica no se altera”, indicó González.

Cabe recordar que tras la decisión de la Corte, los perredistas Mario Di Costanzo, Laura Itzel Castillo, Gerardo Yamamoto y Rebeca Estrada, en conjunto con grupos de deudores como el Barzón, informaron que ayudarán a quienes así lo quieran a ampararse en caso de que su crédito haya sido entregado a un tercero.

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