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El fisco ‘jinetea’ ahorro de mexicanos

La retención del ISR sobre los intereses en cuentas de ahorro aumentó 70% a partir de este año; los ahorradores podrán acreditar o pedir la devolución si tienen saldo a favor.
jue 07 febrero 2008 06:00 AM
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El SAT señaló que la factura electrónica es un complemento p

Cuando revises tu estado de cuenta este mes encontrarás que el banco te retuvo un 70% más del Impuesto Sobre la Renta (ISR) sobre los intereses que tu ahorro o inversión te haya otorgado.

A partir del primero de enero de 2008 la tasa de retención anual del ISR sobre intereses que tu obtengas es del 0.85%, contra el 0.50% que se retenía hasta el último día de 2007, de acuerdo a la Ley de Ingresos.

Hay que recordar que todas las personas físicas están obligadas a pagar el ISR por todos los ingresos que obtengan en el ejercicio, y dichos ingresos incluyen a los intereses que les pagan los bancos o cualquier otra institución financiera.

“Es una medida recaudatoria que va en detrimento de los contribuyentes”, dijo Carlos Cárdenas, socio director de Mancera, Ernst & Young.

Como es una retención, al final de ejercicio fiscal, el ahorrador, si tiene saldo a favor, puede acreditar esta retención o solicitar la devolución, pero en el momento el Gobierno federal lo que obtiene son recursos que retira de los ahorradores.

“El Gobierno por un lado  se hace de dinero, jinetea dinero aunque lo tenga que devolver y, en muchos casos, la gente no pide su devolución”, destacó Cárdenas.

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El sistema financiero maneja alrededor de medio millón de cuentas de ahorro, más de 3.6 millones de depósitos a plazo y 1.4 millones de contratos en sociedades de inversión que otorgan intereses, en varios casos por arriba de la inflación.

Al final de cada año, las personas físicas que perciban ingresos por intereses deben considerar lo siguiente:

Se acumula el interés real, no el nominal

El interés real es la cantidad en que los intereses percibidos superan a la inflación. Ejemplo:

  Pesos
  Inversión anual promedio (monto del capital que dé lugar al pago de los intereses)

100,000

    Intereses nominales percibidos (ejemplo al 7% anual)

 

7,000

Menos:

  Ajuste anual por inflación (considerando que la inflación fue del 3.76% anual)

 

3,760

 

Menos:

  Interés real (ingreso acumulable para la persona física)

 

3,240

La retención del ISR que debe realizar el banco, hasta el 31 de diciembre hubiera sido de 500 pesos, mientras que a partir de enero de 2008 será de 850 pesos.

Con la colaboración de IDC.

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