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Sin prórrogas para pagar el IETU

El fisco advirtió a los causantes que no ampliará el plazo para cumplir con el nuevo impuesto; los bancos ya tienen la aplicación en sus portales y el SAT una hoja de ayuda en su sitio.
mié 13 febrero 2008 06:00 AM
El 18 de febrero es el último día para hacer el pago provisi

La fecha límite para cumplir con el primer pago provisional del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) es el 18 de febrero y no habrá prórrogas para los contribuyentes, quienes incumplan podrían ser sancionados, advirtió el martes la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

“No no va a haber prórrogas”, afirmó en entrevista el titular de la Unidad Política de Ingresos de la SHCP, Juan Manuel Pérez Porrúa, en el marco de su participación en el seminario Efectos de la Reforma Fiscal a entidades donatarias y no lucrativas que organizó PricewaterhouseCoopers (PWC).

Las declaraciones del funcionario vienen luego de que comerciantes organizados solicitaran una prórroga para el pago del IETU, argumentando que existen complicaciones para cumplir con esta obligación fiscal.

Sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que desde el primero de febrero se encuentra disponible la aplicación para realizar el pago del gravamen a través del portal bancario o en ventanilla.

Adicionalmente, en el sitio del SAT se encuentra una hoja de ayuda para facilitar el cálculo del impuesto.

El IETU es un nuevo impuesto que se cobra, a partir de 2008, sobre lo que resulte de los ingresos percibidos y efectivamente cobrados menos las deducciones autorizadas, efectivamente pagadas. La tasa del nuevo gravamen es de 16.5% para 2008, 17% para 2009 y de 17.5% a partir de 2010.

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Entre otras restricciones que prevé el nuevo impuesto están el no poder deducir los intereses derivados del financiamiento y una serie de partidas que aún están pendientes de aplicarse por las empresas, tales como los inventarios, el 50% de las inversiones realizadas con anterioridad a la entrada en vigor del impuesto, y el saldo de las pérdidas fiscales sufridas en ejercicios anteriores.

Las personas físicas con actividad profesional (médicos, arquitectos, artistas, periodistas, entre otros) y quienes tributen bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) también deberán pagar IETU.

El presidente del Comité Nacional de Estudios Fiscales del Instituto Mexicano de Ejecutivos en Finanzas (IMEF), Francisco Macías, advirtió que las compañías se verán obligadas a hacer una planeación financiera del pago del IETU para no ver afectado su flujo de efectivo.

“Todas las empresas tienen que hacer presupuestos mensuales para ir viendo cuál es su efecto financiero, porque te afecta el 16.5% de tu saldo en efectivo”, explicó.

Al menos a lo largo de este año el IETU coexistirá con el Impuesto Sobre la Renta (ISR), los contribuyentes deben calcular ambos y pagar el que resulte más alto, lo que podría ocasionar que un mes paguen un tributo y al mes siguiente el otro.

“Tu puedes pagar IETU un mes e ISR otro, entonces podrías estar pagando doble y no poder recuperar el IETU hasta que termines el ejercicio y el efecto financiero puede ser importante”, detalló Macías.

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