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Gobierno clasifica riesgos de contagio

La Secretaría del Trabajó listó las actividades laborales con mayor riesgo de contagio del virus; médicos, personal de laboratorio y choferes, entre los de mayor peligro.
lun 04 mayo 2009 06:39 PM

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social  difundió el lunes la clasificación del riesgo de los trabajadores a contagiarse del virus de la influenza A H1N1, dependiendo de su actividad laboral. Entre las labores con riesgo de exposición muy alto están:

Trabajadores de la salud que tienen contacto con pacientes que se sabe o se sospecha que están infectados, tales como:

  • Médicos, enfermeras y dentistas, que realizan procedimientos que generan aerosoles en pacientes con sospecha del virus de la influenza A(H1N1) (inductores de tos, broncoscopías, algunos procedimientos dentales o recolección invasiva en las especies).
  • Personal de los laboratorios de salud que toman y manejan muestras de pacientes infectados o con sospecha.

Entre las labores con riesgo de exposición alto se encuentran:

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Trabajadores que proporcionan cuidados de la salud a pacientes que se sabe o sospecha que están infectados, tales como:

  • Médicos, enfermeras y personal del hospital que ingresa a los cuartos de los pacientes infectados.
  • Paramédicos y técnicos médicos de la emergencia que transportan a pacientes infectados o con sospecha.
  • Médicos forenses que ejecutan autopsia en los cuerpos infectados, así como el personal de los depósitos de los cadáveres y del mortuorio.
  • Choferes de ambulancias, camilleros, personal de dietología y de servicios de intendencia en hospitalización.

Entre las labores con un riesgo de exposición media están:

Ocupaciones que implican contacto frecuente y cercano de exposición, esto es a un distancia igual o menor a 2.25 metros, a fuentes con posibilidad de contagio.

Trabajadores del equipo de salud tales como: asistentes médicas, trabajadoras sociales, personal de orientación al público, recepcionistas.

Trabajadores con contacto altamente frecuente con público en general, personas en edad escolar, compañeros de trabajo, clientes, y otros individuos o grupos, que colaboren en actividades tales como:

  • Agrupaciones mercantiles, profesionales, cívicas, políticas, laborales y religiosas.
  • Compraventa de alimentos, bebidas y productos del tabaco.
  • Compraventa de artículos para el hogar.
  • Compraventa de gases, combustibles y lubricantes.
  • Compraventa de materias primas, materiales y auxiliares.
  • Compraventa de prendas de vestir y otros artículos de uso personal.
  • Compraventa en tiendas de autoservicio y de departamentos especializados por línea de mercancías.
  • Preparación y servicio de alimentos y bebidas.
  • Servicios de administración pública y seguridad social.
  • Servicios de alojamiento temporal.
  • Servicios de enseñanza, investigación científica y difusión cultural.
  • Servicios financieros y de seguros (bancos, financieras, compañías de seguros y similares).
  • Servicios personales para el hogar y diversos
  • Servicios recreativos y de esparcimiento.
  • Transporte aéreo.
  • Transporte por agua.
  • Transporte terrestre.

Los trabajos con un riesgo de exposición bajo son:

Ocupaciones que no implican contacto frecuente y cercano de exposición, esto es a un distancia igual o menor a 2.25 metros, a fuentes con posibilidades de contagio, tales como público en general, compañeros de trabajo y otros individuos o grupos.

Trabajadores que tienen contacto ocupacional mínimo con el público en general y otros compañeros de trabajo.

 

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