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Asalariados, opción a declaración anual

Los causantes que tuvieron ingresos por sueldos pueden optar por presentar su declaración anual; sin embargo, deben presentarle un escrito a su patrón sobre esta medida.
mar 15 diciembre 2009 04:17 PM
Una buena opción es separar los documentos por temas. (Foto: Jupiter Images)
papeles (Foto: Jupiter Images)

El Servicio de Administración Tributaria anunció que las personas físicas que obtuvieron ingresos por sueldos y salarios en 2009 y que no están obligadas a presentar la declaración anual, pueden optar por hacerla.

Sin embargo, los patrones deben ser avisados por escrito a más tardar el 31 de diciembre de 2009, detalla un comunicado emitido este martes.

El fisco explica que al presentar el escrito, el patrón ya no hará el cálculo del impuesto de ese trabajador, permitiendo que este haga el cálculo por su cuenta en su declaración anual y pueda aplicar las deducciones personales que le puedan resultar en un saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR).

Detalla que los asalariados con percepciones menores a 400,000 pesos al año no están obligados a presentar la declaración anual, aunque pueden optar por presentarla cuando tengan deducciones personales por conceptos como honorarios médicos, dentales y hospitalarios, gastos funerarios, aparatos para el restablecimiento o rehabilitación y medicinas que se incluyan en las facturas que expidan los hospitales.

Igualmente, pueden deducirse gastos por análisis, estudios clínicos o prótesis; primas por seguros de gastos médicos, donativos que se otorguen a instituciones autorizadas, intereses reales pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación y aportaciones complementarias de retiro.

También deben presentar el aviso al patrón quienes además de su salario, independientemente del monto, hayan percibido en 2009 otros ingresos, como honorarios, arrendamiento o actividad empresarial.

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El SAT recordó que la declaración anual se debe presentar en abril por medio del programa electrónico DeclaraSAT, que hace los cálculos y genera el archivo para enviarlo por Internet.

En el Portal de Internet del SAT, (menú Información fiscal, submenú Declaración anual), está disponible un ejemplo del escrito que el trabajador debe entregar al patrón.

Para mayor información y orientación, consultar en la dirección http://www.sat.gob.mx/ o a los teléfonos 01 800 46 36 728 ó 01 800 INFOSAT.

 

 

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