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Corte finaliza juicios sobre anatocismo

Sentó base para futuras demandas de clientes contra bancos por pago de intereses sobre intereses; las tasas que deberán pagar las instituciones financieras serán determinadas por el Banco de México.
mar 13 abril 2010 06:31 PM
La Ley del IETU promovió poco más de 30,000 amparos en su contra en México. (Foto: Notimex)
Suprema Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalizó el análisis de los amparos que promovieron clientes de bancos que buscaban recibir el pago de intereses sobre intereses, por concepto de inversiones contratadas en la década de los ochenta. Debido al número de juicios, los ministros establecieron criterios que a partir de ahora tendrán que adoptar jueces y magistrados de todo el país, respecto de las tasas de interés válidas que deberán aplicarse a las inversiones a través del tiempo que dure el contrato.

Al pleno de la Suprema Corte le llevó más de dos semanas resolver más de una decena de litigios que reclamaban sumas millonarias por la acumulación de intereses; en el primer caso, un cliente reclamó a Banamex el pago que alcanzaría más de 250,000 millones de pesos.

En la sentencia de los amparos que se presentaron contra los bancos Banamex y BBVA Bancomer, se determinó que los clientes sí pueden reclamar el pago de intereses sobre intereses de su inversión, pero no a la tasa inicial que se fijó al momento del contrato, sino a las que establezca el Banco de México (Banxico).

A lo largo de las sesiones, los ministros puntualizaron que a pesar de que las instituciones bancarias no avisaron a sus clientes sobre las variaciones en las tasas de interés, esta omisión no los obliga a aplicar durante el periodo de inversión la tasa vigente al momento del contrato.

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