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Expertos cuestionan estímulo al empleo

El beneficio fiscal no llevará a importante de la población a la economía formal, advirtió el IMEF; el instituto criticó que el apoyo aplica para puestos con remuneración de hasta 8 salarios mínimos.
mar 01 febrero 2011 03:49 PM

El estímulo del Fomento al Primer Empleo -que entró en vigor el 1 de enero- no logrará la meta de incorporar a una parte importante de la población a la economía formal, ya que los beneficios para los patrones son reducidos, consideró este martes el IMEF.

El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas (IMEF) resaltó que pese a que esta clase de reformas es bienvenida ante la urgencia de generar nuevos empleos, serán reducidas las ventajas que obtendrán los contribuyentes por la aplicación de este estímulo.

El fin es ayudar a quienes generen espacios de trabajo que califiquen como "puestos de nueva creación", y que sean ocupados por "trabajadores de primer empleo", siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

El beneficio -aprobado por el Congreso dentro de la reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta-, consiste en permitir a los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos, tomar una deducción adicional para efectos del Impuesto Sobre la Renta (ISR), explicó.

Sin embargo, dijo el IMEF, durante el proceso legislativo, el Congreso limitó la aplicación del estímulo solo para la creación de puestos de trabajo cuyo salario no exceda de 8 salarios mínimos del área geográfica de que se trate, "lo cual resulta criticable".

Asimismo, establece otra limitante en el sentido de que la deducción adicional a que se refiere este estímulo no podrá exceder de la base gravable determinada para efectos del ISR (previo a la aplicación del estímulo).

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Así, cuando en un ejercicio se genere una pérdida fiscal, el estímulo en cuestión no podrá ser aplicado y por lo tanto se perdería, subrayó el IMEF en su análisis.

Por ello, la deducción citada no puede ser considerada para efectos de la determinación de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las empresas del ejercicio, sin importar que se trate de una deducción autorizada en los términos de la ley.

Destacó que este estímulo es solamente aplicable en materia del ISR y no así en el Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), siendo que al no existir un beneficio correlativo en este último impuesto, el estímulo puede llegar a perderse.

Así, dijo, "no obstante las buenas intenciones de nuestros legisladores, y tal y como ha sucedido en el pasado con estímulos similares, es previsible que este estímulo no logrará la meta de incorporar a una parte importante de la población a la economía formal".

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