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Suprema Corte echa abajo gravamen aéreo

Tras la petición de un amparo por parte de una aerolínea, se declaró inconstitucional el impuesto; las autoridades determinaron que ya hay un cobro contemplado en Ley Federal de Derechos.
jue 26 enero 2012 03:41 PM
La Suprema Corte asegura que el poder legislativo no estableció un ordenamiento formal para cobrar el impuesto aéreo. (Foto: Thinkstock)
avion volando (Foto: Thinkstock)

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional un impuesto que aplicaba la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) por el uso, goce, aprovechamiento o explotación del espacio aéreo mexicano, el cual la dependencia podía fijar y modificar.

La Primera Sala de la Corte resolvió que este arancel contemplado para el ejercicio fiscal de 2009 se duplica debido a que ya se encuentra establecido por el Artículo 289 fracción I de la Ley Federal de Derechos vigente en el 2005.

La resolución se dio luego que una aerolínea pidió un amparo porque se le notificó que a partir de 2009 debía pagar este impuesto con base en el Artículo 10 de la Ley de Ingresos de la Federación para el citado ejercicio fiscal.

Al declarar inconstitucional esta norma, la Sala de la Corte argumentó que en esta ley, el poder legislativo no estableció un ordenamiento formal y material para el pago, sino que delegó este aspecto a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público lo que de acuerdo con la Corte, viola las garantías.

Las autoridades indicaron que de acuerdo con la naturaleza jurídica de este artículo, los supuestos no encuadran dentro del concepto de aprovechamientos que prevé el Código Fiscal de la Federación , que identifica a los ingresos del Estado por funciones de derecho público de las contribuciones, de los ingresos derivados de financiamientos y de los que obtengan de los organismos descentralizados y las empresas de participación estatal.

Asimismo estimó que el artículo declarado inválido preveía que se obtendrían ingresos no por la categoría jurídica de aprovechamientos, sino de derechos, puesto que imponían la contribución por el uso, goce, aprovechamiento y explotación del espacio aéreo mexicano, lo que ya estaba gravado en una ley anterior.

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