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Casas de bolsa, nuevo ‘enemigo’ de GAP

En una inusual acción, la firma obtuvo una orden judicial que impide al gremio vender sus acciones; si va en contra del interés del público o la integridad del mercado, el sector podría ampararse.
lun 05 marzo 2012 02:08 PM
GAP se encuentra en medio de una disputa interna por el control de la firma. (Foto: Photos to Go)
aeropuerto terminal aerea gap oma asur 1 (Foto: Photos to Go)

En una operación inusual en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP) demandó la semana pasada a las casas de bolsa para que no realicen operaciones de compra-venta de sus acciones, lo que ha sido calificado como atípico y confuso por el gremio bursátil.

El grupo administrador de aeropuertos anunció el miércoles pasado que como parte del juicio mercantil que lleva contra Grupo México, logró que ninguno de los intermediarios financieros  que operan en el mercado mexicano pueda negociar sus acciones a favor de la firma minera.

La prohibición anunciada impide venderle valores o acciones de GAP a Grupo México y/o a cualquier otro accionista que pudiera ostentar el 10% o más de los títulos. 

"La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) no es parte de este juicio entre particulares y somos muy respetuosos de la opinión del juez", dice el vocero del ente regulador, Carlos López-Moctezuma, y aclara que la medida no afecta la operatividad del resto de las emisoras. 

Sin embargo, reconoce que es una resolución atípica porque la obligación de cumplir con los estatutos es de los inversionistas y no de las casas de bolsa. Es una orden de difícil cumplimiento, porque "¿cómo una casa de bolsa va a saber si su cliente tiene 10% o no?".

El viernes por la tarde, la primera de las 34 casas de bolsa que operan en el país recibió la notificación de las providencias precautorias ordenadas dentro del juicio mercantil ordinario por parte de GAP en contra de las intermediarias bursátiles, y se espera que en el transcurso de los próximos días más casas de bolsa reciban lo propio, precisa la Asociación Mexicana de Intermediarios Bursátiles (AMIB).

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Una casa de bolsa podría ampararse contra una acción de esta naturaleza, siempre y cuando afecte los intereses del público inversionista o la integridad del mercado, considera Efrén del Rosal, director general de la AMIB.

De acuerdo con el comunicado enviado el miércoles pasado por GAP a la BMV , los puntos más controvertidos son que se obliga a las demandadas (casas de bolsa), a respetar los estatutos de la Compañía, entre ellos el décimo, que prohíbe a cualquier accionista detentar una posición accionaria mayor al 10% del capital social de GAP.

"Se prohíbe a las demandadas, en su carácter de intermediarias del mercado de valores, adquirir o negociar de cualquier forma, acciones de GAP para Grupo México, S.A.B. de C.V., e Infraestructura y Transportes México, S.A. de C.V., y cualquier otra persona que forme parte de su grupo empresarial o se encuentre relacionado con ellos, en virtud de que las citadas entidades ostentan porcentajes accionarios superiores a los autorizados por el estatuto social", informó.

Grupo México, el gigante minero y operador ferroviario, anunció en junio de 2011 su intención de aumentar su participación accionaria a más del 30% en GAP, lo que lo obliga a lanzar una oferta pública por hasta el 100% del grupo aeroportuario, según las leyes locales.

Grupo México posee actualmente 23.2% de las acciones de GAP, que opera 12 terminales aéreas en el país, entre ellas Puerto Vallarta y Guadalajara.

"SI la orden judicial establece que no podemos comprar acciones de GAP cuando sean ordenadas por dos personas morales -como dice el comunicado- y queda claramente establecida la tenemos que acatar y por eso no nos tendríamos que amparar; al contrario, es una orden judicial claramente acotada", agrega Del Rosal.

Pero puntualiza que "si una orden judicial va en contra de los intereses del público inversionista, o de la integridad del mercado, tendríamos que ponderar si nos amparamos y ahí también intervendría la autoridad del mercado, que es la CNBV".

Del Rosal explica que el punto que señala el ordenamiento que "una casa de bolsa al tomar la orden no puede saber si algún inversionista puede detentar una posición accionaria mayor a 10%. Por ejemplo, si recibe una orden de compra de 200,000 acciones de una emisora, no puede conocer qué porcentaje (adicional) tiene su cliente.

"Si una orden judicial viniera en esos términos a lo mejor es una cuestión que tendríamos que ponderar; si afecta al mercado o los intereses de los inversionistas evaluaríamos la posibilidad de ampararnos contra una cuestión, pero porque iría en contra del mercado".

De acuerdo con directivos de casas de bola consultados y que solicitaron no ser identificados, una resolución de esta naturaleza nunca se había visto en el mercado de valores mexicano.

"En un libre mercado como éste no tiene ningún sentido una medida así y por supuesto da una mala imagen al mercado, sienta un mal precedente. Lo creeríamos de Bolsas como la de Venezuela o la de un país donde el presidente hace lo que quiere", dijo una de las fuentes.

La AMIB precisa que las casas de bolsa cumplen las órdenes de los inversionistas, pero si un cliente da la orden de comprar un porcentaje superior al marcado por los estatutos, la regulación está orientada a proteger al resto de los tenedores de valores de esa firma.

La Ley del Mercado de Valores establece que un inversionista puede adquirir las acciones de una emisora que quiera sin rebasar 10%; puede comprar más de ese porcentaje, pero está obligado a avisar a la CNBV en los tres días posteriores a la operación.

Si compra entre 10% y 30% tiene que hacer una oferta pública, o si pretende adquirir más de 50% tiene que hacer una oferta pública de adquisición hasta llegar, incluso, a 100% de las acciones, pues la intención de la legislación es proteger a los inversionistas.

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