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El SAT da ‘vacaciones’ a viajeros

Del 12 de marzo al 16 de abril familias mexicanas podrán ingresar hasta 300 dólares en mercancías; rebasar el valor implica un impuesto de 16% sobre el monto a introducir.
lun 12 marzo 2012 07:50 PM
Los viajeros acreditarán el valor de sus mercancías a través de facturas, comprobantes de venta o cualquier documento que señale el valor comercial. (Foto: Thinkstock)
vacaciones (Foto: Thinkstock)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT ) informó que a partir del 12 de marzo y hasta el 16 de abril se amplía la franquicia de 75 a 300 dólares para los pasajeros mexicanos que arriben al país por vía terrestre, aérea y marítima. "Los pasajeros que procedentes de la franja o región fronteriza se dirijan hacia el interior del país, pueden importar, al amparo de su franquicia, mercancía hasta por 300 dólares o su equivalente en moneda nacional", dijo la dependencia en un comunicado.

Los viajeros, que podrán acumular el valor de sus franquicias si los integrantes de una misma familia arriban simultáneamente y en el mismo transporte, acreditarán el valor de sus mercancías a través de facturas, comprobantes de venta o cualquier documento que señale el valor comercial.

En caso de que el valor sea rebasado, pero no por más de 3,000 dólares, se deberá llenar el formulario Pago de Contribuciones al Comercio Exterior, calculando 16% del valor de las mercancías, el cual será el impuesto a pagar.

El SAT indicó que los pasajeros pueden ingresar, entre otros artículos, como parte de su equipaje personal, bienes de uso propio acordes a la duración del viaje, por ejemplo en el caso de los bebés artículos para su traslado, aseo y entretenimiento.

Además, dos cámaras fotográficas o videograbación, un aparato portátil para grabado y reproducción de sonido, 30 discos compactos, libros, revistas, cinco juguetes y una consola de videojuegos, y un máximo de 20 cajetillas de cigarros en el caso de las personas mayores de 18 años.

Para conocer todas las mercancías que puedes ingresar como equipaje, puedes visitar el portal aduanas.gob.mx.

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Por último el SAT r ecordó que quienes hagan el trámite para la importación temporal de un vehículo a territorio mexicano deberán cancelarlo cuando regresen al extranjero.

También resaltó que "no declarar el traslado de más de 10,000 dólares americanos o su equivalente en otras monedas, en efectivo y/o documentos por cobrar, constituye una infracción en términos de las disposiciones aduaneras".

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