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Salarios de zonas A y B se homologarán

Entre los municipios que se incluyen al área geográfica A están Guadalajara, Monterrey y Hermosillo; el Consejo Coordinador Empresarial dice que la rezonificación es abrupta y vota en contra.
sáb 24 noviembre 2012 12:33 PM
El ajuste en el salario mínimo para quienes estaban en la zona geográfica B es de 2.9%. (Foto: Archivo)
pesos (Foto: Archivo)

El Consejo de Representantes de la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (Conasami) resolvió que la revisión de los salarios mínimos generales y profesionales del área geográfica B se igualará con los del área geográfica A, informó la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). El órgano tripartito revisó la propuesta que, con fundamento en el Artículo 570 fracción I de la Ley Federal del Trabajo, la dependencia federal sometió a su consideración.

Con esto, dijo la STPS a través de un comunicado, se pretende avanzar en el proceso de convergencia gradual hacia un sólo salario mínimo para todo el país, iniciado desde 1996.

La secretaría puntualizó que con esta medida, entre los municipios que ahora se agregan al área geográfica A se encuentran los de Guadalajara, Jalisco; Monterrey, Nuevo León, Hermosillo, Sonora; Tampico, Tamaulipas, y Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, entre otros.

El 21 de noviembre, el Consejo de Representantes estudió la solicitud y toda vez que en la propuesta se detallan las circunstancias económicas que lo justifican, decidió por mayoría de 12 votos a 10, que los fundamentos que apoyaban la solicitud fueron suficientes para iniciar el proceso de revisión.

Dicho consejo es un organismo tripartito integrado por 11 representantes propietarios de los trabajadores, 11 representantes propietarios de los patrones, todos con sus respectivos suplentes y electos en convenciones, y un representante del Gobierno federal: el presidente de la Conasami, y quien también preside el Consejo.

La STPS mencionó que este sábado se votó la propuesta de pasar todos los municipios del área geográfica B a la A, cuyo resultado fue 11 votos a favor del sector de los trabajadores, uno más del presidente de la Conasami y nueve votos en contra del sector de los patrones.

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La dependencia agregó que el ajuste en el salario mínimo que percibirán los trabajadores que pertenecían a la actual área geográfica B, a partir del próximo 27 de noviembre, al pasar al área geográfica A, es de 2.9%, lo que significa 53.50 pesos al mes.

Con esto, el Consejo apreció que la decisión de igualar los salarios mínimos de esas áreas geográficas no tendrá efectos perceptibles sobre la inflación y la tasa de desempleo y, en cambio, contribuirá de manera moderada a fortalecer el mercado interno en el ámbito regional, aseveró la Secretaría del Trabajo.

Vota sector patronal en contra

El Consejo Coordinador Empresarial (CCE) votó en contra de la propuesta de la Secretaría del Trabajo.

El organismo explicó que el ajuste sentaría un precedente negativo para la negociación de salarios que iniciaría el 1 de diciembre, además de que viola los procedimientos legales.

"Al margen de la legislación laboral vigente, la Secretaría de Trabajo planteó ante la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (Consami) un ajuste de último momento a las zonas económicas que sirven de base para la fijación de salarios mínimos".

"El ajuste (de la STPS) implica la desaparición de la Zona "B", a la que están adscritos diversos municipios de Nuevo León, Jalisco, Tamaulipas, Sonora y Veracruz, y su integración a la Zona "A", lo que implica un aumento de 2.9% al salario mínimo en dichos Municipios", argumentó.

Indicó  que una "rezonificación abrupta, por encima del procedimiento y de los tiempos marcados por la ley", no sólo violenta el Estado de derecho, sino que dificulta la relación entre los sectores productivos, y por ende sienta un precedente negativo para la negociación de salarios mínimos que iniciaría el 1 de diciembre.

En ese sentido, el CCE justificó el voto en contra de la resolución, al considerar que ésta carece de fundamentos jurídicos y viola los procedimientos vigentes.

El artículo 570 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) determina expresamente que los salarios mínimos se fijarán cada año y comenzarán a regir el 1 de enero del año siguiente, agregó.

Indicó que si bien este artículo le confiere a la secretaría la posibilidad de solicitar a la Consami la revisión de los salarios, cuando las circunstancias económicas lo ameriten, también establece que se deberá aportar las pruebas que señalen la necesidad de revisar los salarios mínimos existentes, situación que no se atendió en esta ocasión.

Al respecto, la Secretaría del Trabajo afirmó en su comunicado que a pesar del voto en contra de los representantes del sector de los patrones, éstos dejaron constancia de su interés de mantener la armonía que los une con el sector obrero.

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