Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

El SAT debe transparentar condonaciones

Vía transparencia, un particular pide datos sobre las entidades y los montos del ISR perdonados; el IFAI le da la razón al solicitante tras el recurso de inconformidad que interpuso.
dom 24 noviembre 2013 01:43 PM
El IFAI revocó la clasificación invocada por el órgano recaudador. (Foto: Getty Images)
pesos

El Instituto Federal de Acceso a la Información pidió al SAT divulgar la relación de entidades federativas, municipios, delegaciones políticas, organismos descentralizados y autónomos a los que condonó el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El organismo deberá precisar el monto y periodo perdonado por adherirse al Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de ISR, de derechos y aprovechamientos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de diciembre de 2008.

En un comunicado, el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) indicó que un particular solicitó dicha información, así como el monto relativo a cuanto se dejará de recaudar por la Federación en 2013 y 2014.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) respondió al particular que dicha información se encuentra bajo reserva con fundamento en el artículo 14, fracciones I y II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Además, informó al particular que en su página de Internet se encuentra una versión pública de la información relativa a los créditos fiscales que se condonaron, que contiene el tipo de contribuyente, periodo del adeudo y año en el que se perdonó el crédito e importe histórico.

Sin embargo, el solicitante se inconformó al considerar que la información fue general, por lo que presentó un recurso de revisión ante el IFAI, el cual fue turnado a la comisionada María Elena Pérez-Jaén.

Al analizar el tema, la comisionada indicó que en este caso prevalece el derecho de acceso a la información pública ya que al tratarse de recursos públicos, debe someterse al escrutinio público mediante el régimen de transparencia y de rendición de cuentas.

Publicidad

Indicó que si bien la información requerida está protegida por el secreto fiscal, la clasificación invocada resulta improcedente, ya que existe un interés público mayor en conocer los datos de identificación de todas las entidades federativas y municipales que se adhirieron al mencionado decreto del 5 de diciembre de 2008.

Ante ello, el pleno del IFAI revocó la clasificación invocada por el SAT y le instruyó a dar a conocer la lista de entidades federativas, municipios, delegaciones del Distrito Federal, organismos descentralizados y autónomos que se adhirieron a la disposición.

El reporte debe indicar el monto condonado por adeudo del ISR y el periodo en que les fue aplicado dicho beneficio, mediante el documento denominado Relación de Créditos Fiscales.

También debe proporcionarse el monto relativo a lo que dejará de recaudar la Federación en 2013 y 2014. Los documentos fuente que contienen la información solicitada se encuentran en los formatos denominados "Reporte general de consulta de información de contribuyente. Consulta Nacional del nuevo esquema de pagos y declaraciones".

El SAT deberá realizar una versión pública, en la que únicamente deje a la vista el nombre del contribuyente, la fecha, los importes de monto a cargo, condonación de monto a cargo, condonación de actualización, condonación de recargos, así como, en su caso, la condonación de multa.

Dinero Inteligente

Únete a Dinero Inteligente. El newsletter con consejos para cuidar tus finanzas.

Publicidad
Publicidad