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La reforma energética entra en vigor

El Congreso tiene 120 días naturales para regular modalidades de contratación y contraprestaciones; el Fondo Mexicano del Petróleo será un fideicomiso que comenzará operaciones en 2015.
sáb 21 diciembre 2013 02:33 PM
La propiedad de México sobre el petróleo es inalienable e imprescriptible, dice el documento. (Foto: Getty Images)
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El decreto por el que se reforman y adicionan disposiciones de la Constitución en materia de energía entró en vigor este sábado, luego de que el viernes por la tarde la Secretaría de Gobernación lo publicara en el Diario Oficial de la Federación. El documento indica que se reforman los párrafos cuarto, sexto y octavo del artículo 25; el sexto del artículo 27, así como cuarto y sexto del 28 de la Constitución mexicana.

Además, al artículo 27 se adiciona un párrafo séptimo (con lo cual se recorre los subsecuentes en su orden) y un octavo al artículo 28.

En el decreto se indica que tratándose del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos en el subsuelo, la propiedad de la nación es inalienable e imprescriptible y que no se otorgarán concesiones.

Expone que a fin de obtener ingresos para el Estado, se realizarán actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado, o a través de contratos con éstas o con particulares, en los términos de la ley reglamentaria.

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Explica que para cumplir con el objeto de las asignaciones o contratos, las empresas productivas del Estado podrán contratar con particulares.

"En cualquier caso, los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad de la Nación y así deberá afirmarse en las asignaciones o contratos", se especifica en la reforma al artículo 27.

En la modificación al artículo 28 se expone que no constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las áreas estratégicas de correos, telégrafos y radiotelegrafía; minerales radiactivos y generación de energía nuclear; la planeación y el control del sistema eléctrico nacional, así como el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción del petróleo y de los demás hidrocarburos, en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de la Constitución, respectivamente.

El decreto apunta que la legislación establecerá la forma y los plazos, que no podrán exceder dos años, para que Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Comisión Federal de Electricidad (CFE) se conviertan en empresas productivas del Estado.

Mientras eso ocurre, la petrolera queda facultada para recibir asignaciones y celebrar los contratos a los que se refiere el artículo 27.

Además, dentro de los 120 días naturales siguientes a partir de este sábado, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones jurídicas necesarias a fin de hacer efectivas las disposiciones del decreto, entre ellas las de regular las modalidades de contratación y de contraprestaciones.

Consulta aquí el decreto completo

Las modalidades de contratación deberán ser, entre otras, de servicios, de utilidad o producción compartida, o de licencia, para llevar a cabo, por cuenta de la nación, las actividades de exploración y extracción del petróleo y de los hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, incluyendo las que puedan realizar empresas productivas del Estado con particulares.

Para promover la participación de cadenas productivas nacionales y locales, la ley establecerá en esos 120 días las bases y los porcentajes mínimos del contenido nacional en la proveeduría para la ejecución de las asignaciones y contratos a que se refiere el decreto.

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Sobre las contraprestaciones, el decreto apunta que la nación escogerá la modalidad atendiendo siempre a maximizar los ingresos para lograr el mayor beneficio para el desarrollo de largo plazo.

Señala que para efectos contables y financieros las empresas productivas del Estado así como los particulares podrán reportar la asignación o contrato y sus beneficios esperados, siempre y cuando se afirme que el petróleo y todos los hidrocarburos en el subsuelo son propiedad del país.

Lo anterior será aplicable a Pemex y sus organismos subsidiarios durante el periodo máximo dos años de transición.

El decreto dice que por su carácter estratégico, la exploración y la extracción del petróleo y demás hidrocarburos, además del servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, se consideran de interés social y orden público, por lo que tendrán preferencia sobre cualquier otra que implique el aprovechamiento de la superficie y del subsuelo.

Los títulos de concesiones mineras que se encuentren vigentes a la entrada en vigor del decreto y aquellos que se otorguen con posterioridad, no conferirán derechos para la exploración y extracción del petróleo y los demás hidrocarburos sólidos, líquidos o gaseosos, y los concesionarios deberán permitir la realización de estas actividades.

El fondo petróleo

El Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo será un fideicomiso público que se constituirá en 2014 y comenzará operaciones en 2015, en el que el Banco de México fungirá como fiduciario.

El fondo será el encargado de recibir todos los ingresos, con excepción de los impuestos, que correspondan al Estado derivados de las asignaciones y contratos a que se refiere el párrafo séptimo del artículo 27.

Nuevos organismos

El decreto indica que el Poder Ejecutivo emitirá, a más tardar dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley reglamentaria del artículo 27 en el ramo del petróleo, el decreto de creación del organismo público descentralizado denominado Centro Nacional de Control del Gas Natural.

También a más tardar dentro de los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la ley reglamentaria de la industria eléctrica, el Ejecutivo deberá emitir el decreto por el que se crea el Centro Nacional de Control de Energía como organismo público descentralizado, encargado del control operativo del sistema eléctrico nacional, entre otras funciones.

El Congreso de la Unión tiene hasta un año a partir de este sábado para adecuar el marco jurídico, a fin de establecer las bases con las que el Estado procurará la protección y cuidado del medio.

También tiene 120 días para crear la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos.

El Ejecutivo federal tiene el mismo plazo para incluir en el Programa Nacional para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía una estrategia de transición para promover el uso de tecnologías y combustibles más limpios.

El Congreso tiene 120 días para realizar las adecuaciones a fin de establecer los mecanismos legales para prevenir, investigar, identificar y sancionar a los asignatarios, contratistas, permisionarios, servidores públicos y toda persona física o moral, pública o privada, nacional o extranjera, cuando realicen actos u omisiones contrarios a la ley.

El decreto indica que se respetarán los derechos de quienes que presten sus servicios en organismos, dependencias y entidades de la administración federal dedicadas a las actividades que comprende el texto y de conformidad con la ley.

Con información de Notimex

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