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El Ejecutivo publica leyes de telecom

La legislación secundaria entrará en vigor el 13 de agosto, al cumplirse el plazo establecido; más temprano, el presidente Peña promulgó las leyes secundarias aprobadas la semana pasada.
lun 14 julio 2014 09:33 PM
El presidente Enrique Peña Nieto promulgó este lunes las leyes en Palacio Nacional. (Foto: Notimex)
epn nieto enrique

Las nuevas leyes de telecomunicaciones entrarán en vigor el 13 de agosto, luego de que este lunes fueran publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en su edición vespertina por el Ejecutivo federal, a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT).

Más temprano este lunes, el presidente Enrique Peña Nieto promulgó la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Ley del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, así como otras reformas y adiciones a distintos ordenamientos relacionados con el sector, que en su conjunto conforman la ley secundaria.

Las leyes fueron aprobadas por el Congreso la semana pasada.

El decreto entrará en vigor el 13 de agosto, fecha en que se cumplen los 30 días naturales siguientes a la publicación del DOF establecidos.

Se abrogarán la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión, y quedarán sin efectos aquellas disposiciones de la Ley de Vías Generales de Comunicación en lo que se opongan a lo dispuesto en la legislación que se expide en el decreto.

Las disposiciones reglamentarias y administrativas y las normas oficiales mexicanas en vigor continuarán aplicándose hasta en tanto se expidan los nuevos ordenamientos que los sustituyan, salvo en lo que se opongan a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.

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El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) deberá adecuar su estatuto orgánico dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto.

El Ejecutivo deberá emitir, dentro de los 180 días naturales siguientes a la expedición del decreto, las disposiciones reglamentarias y lineamientos en materia de contenidos establecidos en la legislación.

Los concesionarios de radiodifusión y de televisión o audio restringidos no podrán promocionar videojuegos que no hayan sido clasificados de acuerdo con la normatividad aplicable , misma que deberá expedir el Ejecutivo dentro del plazo referido.

En tanto exista un agente preponderante en telecomunicaciones y radiodifusión, a fin de promover la competencia, no requerirán de autorización del IFT las concentraciones que se realicen entre agentes titulares de concesiones, ni las cesiones de concesión y los cambios de control que deriven de éstas, bajo determinados requisitos.

El decreto reitera que la transición digital terrestre culminará en el país el 31 de diciembre de 2015.

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