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Empresas deberán justificar recepción de dólares en efectivo

Las instituciones financieras tendrán que implementar una mayor vigilancia de sus clientes; las empresas deberán entregar información a los bancos que justifique sus operaciones.
mar 02 septiembre 2014 06:05 AM
En 2008 el mal uso de derivados en OTC costó a la Cómer, Cemex, Gruma, Autlán, Posadas y Grupo Industrial Saltillo unos 3,000 millones de dólares. (Foto: Getty Images)
MEXDER

Las empresas que realicen operaciones con dólares estarán sujetas a rigurosas medidas de control y justificación, aun cuando se elimine la restricción que tienen los bancos para recibir la divisa estadounidense, proveniente de operaciones comerciales entre empresas y clientes, reconocieron expertos.

En el 2010 en el artículo 115 de la Ley de las Instituciones de Crédito se estableció un límite de 14,000 dólares a la recepción de divisas estadounidenses en efectivo por parte de los bancos, como un mecanismo para prevenir que este tipo de operaciones sirvieran para introducir recursos ilícitos o provenientes del lavado de dinero, sin embargo ante la complicación que implicó para algunos sectores económicos, el Gobierno propuso eliminar la restricción.

Ahora la Secretaría de Hacienda busca implementar un esquema que permita a las personas morales realizar operaciones en efectivo con dólares, siempre y cuando lo justifique su operación profesional y necesidades, de acuerdo con el anteproyecto para modificar  el Artículo 115.

Las empresas deberán entregar a los bancos información de sus operaciones y clientes como la denominación o razón social, en su caso el Registro Federal de Contribuyentes (con homoclave) y/o el número de identificación fiscal y/o equivalente.

Además del nombre completo del administrador o administradores, director o equivalente de las empresas que reciban los dólares, en caso de aprobarse la modificación del Artículo 115.

“Las empresas tendrán que dar la información a los bancos sobre la justificación de sus operaciones , estados financieros auditados, las declaraciones anuales que entregan al Servicio de Administración Tributaria (SAT), actualizar su información anualmente, entre otros”, comentó el senior manager de Inteligencia Financiera en EY, Rodolfo Islas.

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De esta manera, los bancos llevarán a cabo un control más estricto del conocimiento de sus clientes, por lo que emitirán reportes a las autoridades y llevarán un seguimiento más puntual con la documentación.

“Van a fortalecer sus controles para ver cuáles de sus clientes justifican realmente que tienen una economía dolarizada… a veces es difícil identificarlas porque hay empresas que tienen una combinación de actividades reales y ficticias y depende de la pericia de las instituciones identificarlas”, dijo el integrante de la Comisión en Prevención de Lavado de Dinero del Colegio de Contadores Públicos de México, Javier Honorio López.

Destaca que antes de las restricciones las instituciones de crédito recibían aproximadamente entre 15,000 millones de dólares y 16,000 mdd anuales y de acuerdo con el anteproyecto para reformar el artículo 115 de la Ley de las Instituciones de Crédito, esta cifra se redujo a 4,000 mdd hasta 2013 con las restricciones implementadas.

De acuerdo con el directivo de EY el tema aún se analiza en la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) y estas medidas están en función del riesgo que se percibe en el análisis para la prevención del lavado de dinero.

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