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El secreto fiscal cubre identidad de posibles evasores

La ley obliga a las autoridades a guardar reserva de la información de contribuyentes; en los casos de HSBC y multinacionales será difícil conocer los nombres de los infractores.
mié 25 febrero 2015 06:04 AM
La secrecía fiscal busca evitar que la información que los contribuyentes sea conocida por terceros. (Foto: iStock by Getty)
secreto fiscal (Foto: iStock by Getty)

El secreto fiscal en México evitará que el nombre de grandes empresas multinacionales, que se presume realizan prácticas fiscales agresivas para pagar menos impuestos, y el de algunos contribuyentes que supuestamente evaden al fisco,  no se conozca a menos que se les dicte una sentencia definitiva por un juez.

La secrecía fiscal busca evitar que la información de los contribuyentes sea conocida por terceros o incluso otras autoridades.

“El Código Fiscal de la Federación (CFF) obliga a las autoridades fiscales a guardar reserva de la información que tenemos durante estos procesos de auditorías, porque de lo contrario incurrimos en un delito. Checamos si han omitido ingresos y nos tienen que pagar el 30% de esos ingresos, recargos, multas y actualizaciones”, dijo a CNNExpansión el administrador general de grandes contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Óscar Molina.

A mediados de 2014, la dependencia señaló que cerca del 2% de los 16,000 grandes contribuyentes registrados en México [unas 270 empresas] utilizan ingenierías fiscales para reducir o eludir sus contribuciones, por lo que inició auditorias a algunos de ellos.

HSBC ¿Se conocerán los nombres?

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Ante el intercambio de información que realiza el SAT con autoridades de Suiza y Francia  para investigar a contribuyentes señalados como presuntos evasores ayudados por el banco británico, especialistas señalaron que sus nombres no se conocerán a menos que haya una sentencia de un juez. Sin embargo tienen la oportunidad de ponerse al corriente, con lo que el fisco no podría revelar su identidad.

“Hasta que los asuntos queden concluidos se pueden revelar los nombres, una vez que se concluya y haya una sentencia condenatoria. Si los contribuyentes no están localizados podemos revelar el nombre, fuera de esos supuestos no podemos dar a conocer más información", dijo Molina.

"Podrá ser que sí tengan la declaración, si no han pagado nos pagarán con recargos y multas y en algunos casos si hay algún delito penal tendremos que denunciarlos ante las autoridades competentes para que procedan en la vía penal, pero eso depende mucho del contribuyente", agregó.

En marzo de este año, EU y México intercambiarán información de residentes con cuentas bancarias, lo que se extenderá a finales de 2015 con el Common Reporting Standard, con el que las administraciones tributarias de más de 50 países entregarán anualmente y de forma automática información de residentes mexicanos con cuentas en el extranjero.

Para el socio de Steta, la secrecía es correcta y debe mantenerse, ya que a veces las autoridades actúan de manera fiscalizadora y con un afán de recaudar determinan créditos fiscales que en ocasiones tienen que ser revocados por el Poder Judicial.

“Se debería modificar constitucionalmente para que las afectaciones al erario público se den a conocer y prohibir los daños a la hacienda pública, no en perjuicio a las empresas pero para romper con las deficiencias fiscales”, comentó el investigador de Fundar, Óscar Arredondo.

¿A quiénes sí se puede balconear?

La reforma hacendaria modificó el artículo 69 del CFF para establecer ciertas excepciones a la reserva fiscal, por lo que desde enero de 2014 el SAT puede dar a conocer nombre, razón social y RFC de los contribuyentes incumplidos que tengan créditos fiscales firmes, créditos fiscales que no han pagado o no han sido garantizados, así como los que no estén localizados en su domicilio fiscal, que tengan sentencia condenatoria por un delito fiscal o que se les haya cancelado algún adeudo fiscal.

“Toda la información fiscal en poder de las autoridades debe ser reservada. La consideración de que hacer planeaciones es la posición de la autoridad no necesariamente es así , y la razón del secreto es precisamente que no haya un malentendió de la situación de una empresa”, comentó el socio de la firma legal Santamarina y Steta, Mariano Calderón.

De acuerdo con el presidente del Comité Fiscal del RSM, José Luis Ureña, a menos que una empresa tenga una determinación de un crédito fiscal o hayan caído en un acto simulado se dará a conocer el nombre del  contribuyente al público.

“Aquí el SAT está ante una disyuntiva de decir presumo que me debe impuestos, y la única manera en que puede comprobarlo es con una auditoría, mientras tanto no tienen ninguna facultad legal para dar a conocer el nombre (…) En el caso de esas multinacionales no puede darlos a conocer porque no hay un artículo que lo sustente”, dijo Ureña.

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