Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

Bancos compartirán información para evitar lavado de dinero

Las instituciones financieras podrán intercambiar datos de clientes a nivel internacional; Hacienda determinará qué instituciones podrán obtener la información.
jue 09 abril 2015 06:03 PM
El intercambio se realizará únicamente con aquellas entidades que sean determinadas por Hacienda.(Foto: Getty Images )
lavado de dinero

A partir del 10 de abril, las entidades financieras de México podrán intercambiar información con sus pares internacionales sobre sus clientes y usuarios, así como de operaciones de los mismos, para detectar casos de lavado de dinero o delitos de financiamiento al terrorismo.

El intercambio se realizará únicamente con aquellas entidades que sean determinadas por la Secretaría de Hacienda, indica la resolución publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este jueves.

“Lo que están haciendo es adecuar la normatividad, inicialmente el artículo 115 (de la Ley de Instituciones de Crédito) preveía el intercambio con instituciones internacionales como el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) y otros acreditados, pero no había una normatividad específica para intercambiar información con privados”, comentó el integrante del Consejo Editorial de la revista Veritas Online del Colegio de Contadores Públicos de México, Sergio Salom.

El GAFI es un organismo intergubernamental que emite recomendaciones en materia de prevención y combate al lavado de dinero, al financiamiento de terrorismo y al financiamiento para la proliferación de armas de destrucción masiva.

El artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito indica que Hacienda debe establecer las medidas para prevenir y detectar en las instituciones de crédito y sociedades financieras de objeto limitado actos u operaciones de procedencia ilícita.

De acuerdo con Salom la nueva normatividad reconoce la ley mexicana aplicable en materia de secreto bancario y protección de datos en posesión de particulares, por lo que está obligada a cumplirla.

Publicidad

“No hay forma de ampararse porque es un requisito estipulado por la ley en el banco está obligado a obtener información y el usuario se tiene que adherir a la normatividad vigente. E implicaría no querer cumplir con la norma".

La información se intercambiará mediante el Sistema Interinstitucional de Transferencia de Información (SITI) y para que las instituciones financieras puedan solicitar información deberán cumplir lo siguiente:

-Que no opere en alguno de los países que se encuentran previstos en las listas del GAFI, que comprenden jurisdicciones que presentan deficiencias en materia de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo, y que no estén aplicando medidas para contrarrestar dichas deficiencias.

-Que estén debidamente reguladas y supervisadas como Entidad o figura análoga a la contemplada en la legislación mexicana o en la jurisdicción que le resulte aplicable conforme a su nacionalidad;

Además, deberán conocer la normatividad mexicana aplicable en materia de secreto bancario y protección de datos personales en posesión de particulares.

Dinero Inteligente

Únete a Dinero Inteligente. El newsletter con consejos para cuidar tus finanzas.

Publicidad
Publicidad