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¿En qué casos pueden revisar tu maleta en el aeropuerto?

Aunque ya no hay semáforos aduanales, debes tener cuidado con lo que portes en tu equipaje.
jue 11 mayo 2017 05:00 AM

En la Terminal 2 (T2) del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM), se utiliza un nuevo método para la revisión de maletas de personas que llegan del extranjero.

Se recomienda conocer este proceso para evitar sorpresas, pues e l Servicio de Administración Tributaria (SAT) ya trabaja en expandir este método en la Terminal 1 del AICM y en Cancún este año.

Los motivos por los que las autoridades pueden abrir el equipaje en presencia del pasajero no han cambiado: exceso en la franquicia permitida, portar armas, dinero en efectivo por más de 10,000 dólares, drogas o alimentos con restricciones no arancelarias. Pero sí cambió el proceso para detectar este tipo de mercancías.

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En la T2 ya no se usa el clásico semáforo aduanal que funcionaba oprimiendo un botón al pasar por la aduana, si se encendía un foco rojo te tocaba revisión, si te tocaba verde, no. También se eliminó la entrega y el llenado en la aduana de una declaración en papel, detalla información de la dependencia.

Ahora los equipajes son escaneados con equipos rayos X justo en el momento en el que salen de la panza del avión. Cada escáner está montado en la parte trasera de una camioneta, es móvil, explica Gerardo Suárez, administrador central de Operación Aduanera del SAT.

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En la revisión virtual, el escáner puede detectar mercancías que excedan el límite permitido, como botellas de vino o licor y tabaco, alimentos, semillas o hasta animales vivos no autorizados por el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) o drogas y armas prohíbidas por la Procuraduría General de la República (PGR).

Cuidado con lo que cargas

Si se detectan este tipo de productos, cualquiera de las tres autoridades, puede solicitarte que se haga una revisión presencial de tu equipaje.

“Ahora en un solo punto pueden proceder las revisiones, y no en tres (uno para cada autoridad) como se hacía anteriormente. Es muy importante saber que forzosamente las revisiones deben hacerse en presencia del viajero”, detalla el funcionario del SAT.

Dependiendo del tipo de mercancías proceden actos que aplicarán las autoridades, por ejemplo, pago de impuestos por excedentes de mercancías, confiscación y destrucción de alimentos por parte de SENASICA, decomiso de mercancías y hasta arresto por parte de la PGR en caso de armas y drogas.

Los rayos X, sustituyeron la declaración en papel y el semáforo, así se ahorran tiempo y procesos. Pero si sabes que tu equipaje excede la franquicia permitida, debes hacer una declaración voluntaria, recomienda Suárez.

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¿Qué es la franquicia?

La franquicia es el valor de tu mercancía adicional a tu equipaje, ésta no debe rebasar los 500 dólares cuando ingresas vía aérea o marítima al país durante todo el año, detalla información del SAT.

Considera que tu equipaje personal, al cual no se le cobran impuestos, contempla ropa, zapatos, y productos de aseo personal de acuerdo con la duración de tu viaje.

Adicional a ese equipaje, como parte de la franquicia podrás cargar tres litros de licor o seis litros de vino. Si traes, por ejemplo, cuatro litros de licor, deberás pagar el impuesto por la botella adicional.

Puedes revisar las listas completas de equipaje y franquicia en este enlace del SAT: ¿Qué mercancía puedes ingresar?

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