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El ABC del apoyo alimenticio al personal

Para deducir esa ayuda en la declaración de impuestos se debe cumplir una serie de normativas; se debe tomar en cuenta que los recursos tienen que equivaler a un salario mínimo elevado al año.
mar 18 enero 2011 06:18 PM
Si la empresa no cuenta con este beneficio puede buscar asesoría para comenzar a ofrecerlo y hacerlo deducible de los impuestos que paga.  (Foto: Photos To Go)
alimentos (Foto: Photos To Go)

Para que tu empresa pueda acceder a los incentivos fiscales que se obtienen al ofrecer apoyo alimenticio a los trabajadores, dicha ayuda no puede darse en dinero en efectivo y debe ser el equivalente a un salario mínimo elevado al año.

La Ley de Ayuda Alimentaria, aprobada con 79 votos a favor por el Senado de la República y que entra en vigencia este martes 19 de enero, tiene como objetivo impulsar a las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) a que den a sus empleados un beneficio laboral que será deducible de impuestos, y que se entregará bajo la figura de vales, comidas o despensas. 

"Esto va a contribuir a que baje la base tributaria de la empresa, entonces la ventaja es que no todas las compañías otorgan a sus empleados dicho apoyo y con esta nueva ley se incentivará", afirmó el profesor Investigador del Departamento de Derecho en materia jurídico-financiera y analista político del Tecnológico de Monterrey Campus Estado de México, Héctor Moreno.

¿Qué hacer si no ofreces apoyo alimenticio?

Si tu empresa no brinda este beneficio, el siguiente paso es investigar cuáles son las posibilidades que tienes para ofrecer a tus empleados vales de despensa, vales de alimentación para hacerlos efectivos en el comedor de la compañía o en los restaurantes que acepten dicha forma de pago, o bien dar una despensa a cada uno, afirmó el especialista.

Una vez que eliges en qué forma vas a ofrecer el incentivo, el paso siguiente es determinar el monto de la prestación. Por ejemplo, si a los directivos vas a darle vales por el equivalente a 1,500 pesos o si a todos los empleados sin importar su cargo, planeas ofrecerles 600 pesos para la despensa y otros 600 pesos para alimentación.

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¿Qué debo hacer para obtener el beneficio fiscal?

Ya que determinaste el tipo de apoyo de alimentación que ofrecerás a tus trabajadores y el monto que destinarás para este efecto, es preciso que conozcas de qué forma harás efectivo el beneficio fiscal.

"Lo que tienen que hacer las empresas es acumular los ingresos, todo lo que ganan por ventas o intereses que cobran, menos las deducciones autorizadas, las cuales contemplan gastos por operación y por pago de los empleados. En el esquema anterior no se permitía deducir todos estos gastos", explicó el académico del Tecnológico de Monterrey. 

Dicho estímulo fiscal se haría contra el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el IETU, precisó el académico.

Si bien es cierto que la norma contribuirá a que las organizaciones puedan mejorar la oferta de incentivos y el salario de los profesionales que contratan, también ayudará a que el empleado pueda acrecentar su capacidad de ahorro, ya que se estima que los trabajadores dedican a la alimentación entre el 22% y 38.3% de su gasto total, según la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares.

En el caso de que las finanzas de tu compañía no te permitan realizar este tipo de gastos no tendrías ningún problema, ya que la Ley es optativa, según lo explicó la senadora y autora de la reforma, María de los Ángeles Moreno.

"Con esta norma un trabajador debería recibir al menos, como apoyo alimentario, un salario mínimo elevado al año, es decir, si se habla de este año unos 55 pesos, ya sea en canastilla, vales electrónicos, vales de papel o comida en la propia planta", afirmó en conferencia de prensa la senadora.

Otro aspecto que se debe tener en cuenta para hacer efectivo el beneficio fiscal es que los vales deberán determinar que son sólo para alimentos o despensa y no podrán incluir bebidas o cigarros.

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