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Cambio a figura de Repecos, poco eficaz

Analistas consideran que la creación del Régimen de Incorporación no combatirá la informalidad; sin embargo, destacan la posibilidad de que los pequeños contribuyentes puedan emitir facturas.
mié 11 septiembre 2013 06:00 AM
El nuevo régimen propone a los pequeños contribuyentes un descuento del ISR de 100% en el primer año de integración. (Foto: Archivo)
regimen incorporacion (Foto: Archivo)

La propuesta de sustituir el Régimen Intermedio y el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repeco) por un Régimen de Incorporación, contemplada en la iniciativa de reforma hacendaria del Gobierno federal, ayudaría a combatir el abuso de estos dos esquemas por parte de algunos contribuyentes, pero no promovería la migración a la formalidad, coincidieron expertos y representantes del sector empresarial.

"Esta reforma no invitará a los comercios informales a pasar a la formalidad. No van a darse de alta para tener seguridad social perdiendo las jugosas ganancias que obtienen en la informalidad", aseguró el presidente de la Cámara de Comercio, Servicios y Turismo en Pequeño de la Ciudad de México (Canacope), Gerardo López Becerra.

El nuevo régimen propone, entre otras cosas, un descuento de 100% en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el primer año de integración, que se reducirá gradualmente a lo largo de los siguientes cinco años. En el séptimo año el descuento desaparecería y la persona tendría que tributar en el régimen general.

"Con esto, lo que se busca más bien es empujar a los actuales Repecos (personas físicas con ingresos anuales de hasta 2 millones de pesos) e Intermedios (quieres facturan menos de 4 millones) a un régimen de pago de impuestos general. No a los informales a integrarse a la formalidad", coincidió Jorge Hernández, socio de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte.

"Si soy informal, no resulta tan atractivo, porque una persona informal nunca paga impuestos", recalcó.

El gobierno federal reconoció  que la figura de Repecos genera espacios para la evasión y la elusión fiscales.

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"Una comparación de los esquemas aplicados a pequeños contribuyentes en distintos países refleja que el límite de 2 millones de pesos es muy amplio, lo que fomenta el enanismo fiscal al ser aprovechado por unidades económicas con mayor capacidad contributiva", dice el documento.

Además de que este esquema rompe con la cadena de comprobasción fiscal ya que no deben conservar compobantes de sus proveedores ni emitir facturas.

Por eso, el nuevo régimen permitirá facturar y sería aplicable sólo a personas físicas con ingresos anuales de hasta un millón de pesos que realicen actividades empresariales, que enajenen bienes o que presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional.

En México hay actualmente  2 millones de Repecos, según cifras divulgadas por el secretario de Hacienda, Luis Videgaray. 

Las ventajas

Otros especialistas reconocen que el esquema sí ofrecerá ventajas competitivas ya que a través de la nueva figura podrán entregar facturas, lo que no podían hacer a través del esquema de Repecos.

"No hay empresa que no quiera recibir una factura por los servicios que contrata para poder hacerla deducible. En la actualidad, un Repeco no puede emitir facturas, lo que podía limitar la demanda de sus servicios", argumentó Ricardo Navarro, presidente de la Cámara de Comercio, Servicio y Turismo del DF.

Para crear incentivos, el Gobierno también propone que los contribuyentes registrados en el Régimen de Incorporación tengan acceso a los servicios de seguridad social. Al igual que en el caso de los impuestos, recibirán descuentos en el pago de las cuotas de seguridad social, los cuales decrecerán con el paso de los años desde su ingreso al régimen.

El Régimen de Incorporación sería temporal y tendría una duración de hasta seis años, sin posibilidad de volver a tributar en el mismo.

Lo anterior, con el fin de evitar que se abuse de los beneficios que se proponen en este esquema en perjuicio del fisco federal, al poderse realizar la transmisión de la propiedad de la negociación por diversas personas físicas, antes de que se cumpla el plazo de permanencia en dicho régimen

Además establece una limitante para que cuando el negocio se venda, el adquirente no pueda beneficiarse con el régimen nuevo.

Régimen de Incorporación

Mientras el primer año las empresas no pagarían nada por concepto de impuesto sobre la Renta, en el sexto año pagarían 90% de lo que les correspondería y al séptimo año deberán pagar 100% del IRS correspondiente.

Reducción del impuesto sobre la renta a pagar en el Régimen de Incorporación

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

Año 5

Año 6

100%

90%

70%

50%

30%

10%

Fuente: Propuesta de Reforma de la Ley del Impuesto sobre la Renta 2013.

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