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Régimen de Incorporación va por pequeños

Diputados ampliaron a 2 mdp el monto máximo de ingresos para tributar bajo este esquema; dos millones de causantes podrían adoptar el nuevo esquema fiscal, que sustituirá al de Repecos.
mar 22 octubre 2013 06:04 AM
Podrán optar por este régimen las personas físicas con actividad empresarial que en el año anterior hayan tenido ingresos inferiores a 2 mdp. (Foto: Getty Images)
pyme

Con el propósito de que un mayor número de contribuyentes puedan obtener los beneficios fiscales que ofrece el nuevo Régimen de Incorporación, los diputados aprobaron extender a dos millones de pesos el monto máximo de ingresos anuales de una persona para poder tributar en este esquema, desde el límite de un millón que proponía originalmente el presidente Enrique Peña Nieto.

Las personas físicas con actividad empresarial, y quienes vendan bienes o presten servicios para los que no se requiere título profesional, podrán optar por el Régimen de Incorporación que sustituye al actual Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos), aplicable para aquellos con ingresos de hasta dos millones de pesos, así como al Régimen Intermedio, que aplica para quienes tienen de dos a cuatro millones de pesos.

"La propuesta original hecha por el presidente Enrique Peña Nieto ponía un límite de un millón de pesos, pero nosotros sugerimos a los legisladores que se ampliara para que por lo menos quienes tributan hoy bajo la figura de Repecos pudieran optar por el nuevo Régimen", dijo el presidente de la Cámara de Comercio de la Ciudad de México, Ricardo Navarro.

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Según la justificación del Gobierno federal para la creación de este nuevo esquema, la figura de Pequeños Contribuyentes ha favorecido la evasión fiscal ya que están exentos de conservar comprobantes de sus proveedores y de emitir facturas de sus ventas, lo que origina que se rompa la cadena de comprobación fiscal.

Se calcula que la evasión promedio de este régimen es superior a 90% respecto del impuesto potencial que pudiera recaudarse, según el Estudio de Evasión Fiscal en el Régimen de Pequeños Contribuyentes elaborado por el Tecnológico de Monterrey.

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Cifras divulgadas por el Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Videgaray, indican que en el país existen actualmente dos millones de contribuyentes que Tributan bajo el esquema de Repecos y que estarían en posibilidades de incorporarse a este esquema.

Lo que ofrece

El Régimen de Incorporación propone un descuento de 100% en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) en el primer año de integración, que se reducirá gradualmente a lo largo de los siguientes cinco años de forma que en el séptimo año el descuento desaparecería y la persona tendría que pagar el 100% del ISR que le corresponda.

Reducción del impuesto sobre la renta a pagar en el Régimen de Incorporación

Año 1

Año 2

Año 3

Año 4

Año 5

Año 6

100%

90%

70%

50%

30%

10%

De aprobarse la creación del Régimen de Incorporación por la Cámara de Senadores, se trataría de un régimen temporal en el que sólo se puede permanecer por seis años, sin posibilidad de volver a tributar en el mismo. Al séptimo año, estos contribuyentes se incorporarán al régimen general de personas físicas con actividad empresarial.

Pese a los beneficios que pudiera representar, los especialistas consideran que los dueños de negocios informales no encontrarán en este esquema los incentivos suficientes para renunciar a las jugosas ganancias que obtienen al no pagar impuestos.

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"Veo muy difícil que los empresarios se sometan de manera voluntaria a un proceso de fiscalización porque, pese a que los descuentos que ofrece el régimen son atractivos, una persona que se encuentra en la informalidad nunca paga impuestos", dijo el presidente del Colegio de Contadores Públicos de México, José Besil Bardawil.

Sin embargo, para Ricardo Navarro, de la Canaco DF, acceder a seguridad social sí podría ser un incentivo, pues es un factor que aún es muy valorado por la población.

Según lo aprobado por los diputados, que todavía deberá discutirse por los senadores, en los casos en que el contribuyente no presente la declaración bimestral dos veces en forma consecutiva o en cinco ocasiones durante los seis años que dure el régimen, pasará de manera automática al régimen general, perdiendo los beneficios del Régimen de Incorporación.

Lo más destacado del nuevo Régimen

  • Podrán optar por este régimen las personas físicas con actividad empresarial que en el año anterior hayan tenido ingresos inferiores a dos millones de pesos.
  • Quienes se integren a este esquema tendrán descuentos en el ISR del 100% durante el primer año. Este descuento irá disminuyendo paulatinamente a los largo de los siguientes seis años.
  • Sólo podrán tributar bajo este régimen seis años y después el contribuyente pasará al régimen general. No habrá posibilidad de tributar bajo este régimen más de una vez.
  • Presentarán sus declaraciones de pago e informativas de forma bimestral y no trimestral, como propuso originalmente el presidente.
  • Entregarán facturas a sus clientes, lo que actualmente no pueden hacer bajo la figura de Repecos.

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