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6 obligaciones fiscales para empresarios a partir de 2015

La emisión de CFDI, recibos de nómina electrónicos y la contabilidad electrónica serán ineludibles; los certificados de retenciones y la declaración DIOT sufrirán modificaciones.
mar 25 noviembre 2014 02:17 PM
Será obligación entregar la factura del suscriptor al menos 10 días antes de la fecha límite de pago de servicios.  (Foto: Getty Images)
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A casi un mes de que termine 2014, las empresas deben hacer sus cortes de caja administrativo, contable y fiscal para poder identificar qué les hace falta y cumplir con sus obligaciones fiscales el siguiente año y evitar multas, sanciones y recargos por parte de la autoridad.

Los expertos mencionan lo que debes tomar en cuenta:

1. Ineludible el uso de CFDI

Todas las empresas de cualquier tamaño y las personas físicas con actividad empresarial deberán emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) .

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Las personas morales tendrán que hacerlo a través de los 76 Proveedores Autorizados  de Certificación (PACs) o a través de sus soluciones gratuitas. Las personas físicas con actividad empresarial podrán hacerlo a través de la herramienta Mis Cuentas de el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

“El riesgo que corren las empresas al no facturar electrónicamente es que poco a poco perderán clientes porque ellos querrán recibir un comprobante fiscal que les ayude a deducir sus gastos y se irán con quién sí se los dé”, advirtió el director general de Indicium Solutions, Luis Felipe Sánchez, en entrevista telefónica.

2. Recibir, validar y resguardar los comprobantes XML.

Las facturas en papel no tendrán ninguna validez ante el SAT. Recuerda recibir y almacenar el archivo XML de las facturas electrónicas. Pide a tu PAC que te ofrezca el servicio de validación, ya que sí no cuenta con todos los datos exigidos por el SAT, no será un documento deducible.

3. Emitir recibos de nómina electrónicos.

Todas las empresas, así tengan un empleado, deben emitir recibos electrónicos. La nómina es 100% deducible de impuestos, Durante 2015, el SAT será más exigente al hacer valer esta obligación, comentó Luis Felipe Sánchez.

Se deberán emitir por cada pago realizado, por ejemplo si es quincenal, deberán emitirse dos recibos al mes.

4. Contabilidad electrónica, ¿para quién?

Todas las empresas que facturen igual o más de 4 millones de pesos (mdp) al año están obligadas a emitir su contabilidad electrónica . La cual deberá incluir: catálogo de cuentas, balanza de comprobación y en caso de solicitar devolución de impuestos es necesario presentar las pólizas acompañadas de los documentos auxiliares de cuentas y de pólizas.

“Si el contribuyente tuvo un error en su declaración tendrá cinco días para corregirla. Y si el SAT pide algún tipo de aclaración o quiere hacer una revisión, el contribuyente deberá solo presentar la información que le solicitó la autoridad”, dijo el presidente de la Asociación Mexicana de Proveedores Autorizados de Certificación (Amexipac), Jesús Pastrán, durante el Taller de Medios sobre Contabilidad Electrónica, realizado este martes.

Los contribuyentes que estén dentro del esquema del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) continuarán declarando bimestralmente a través de la herramienta Mis Cuentas.

Este esquema está diseñado para personas físicas que presten o vendan bienes y servicios sin necesidad de cédula profesional y que no tengan más de 2 millones de pesos de ingresos al año, como micronegocios, comerciantes, o personas que ejerzan algún oficio.

La condición es que sus ingresos no provengan de arrendamiento, comisiones o por ser socios de una empresa.

5. Se eliminan los certificados de retenciones en casos específicos.

Las retenciones son una reserva de impuesto (IVA o ISR o ambos) que se hace al contribuyente por el pago de un servicio o la adquisición de un bien.

Están obligadas a realizarla las personas morales que reciban servicios personales independientes, usen o gocen temporalmente bienes prestados u otorgados por personas físicas.

No será necesario realizarla si la retención de impuestos ya se especifica en el recibo de nómina del trabajador, comentó Jesús Pastrán.

6. DIOT más ágil.

Para 2015 se espera que la Declaración Informativa para Operaciones con Terceros (DIOT) ya no se realice a través de una plantilla en el sistema del SAT, sino a través de un PAC.

La DIOT es la declaración que realizan personas físicas o morales que realizan actividades o actos gravados con el IVA. En esta declaración se reportan prestación de servicios profesionales y arrendamiento de inmuebles. Si no se presenta mensualmente las multas pueden ir desde los 9,430 pesos hasta los 18,860 pesos.

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