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Cajas de seguridad bancarias <br>Saben g

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mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

Si las viejas usanzas de enterrar el dinero en el jardín o guardarlo bajo el colchón han sido sustituidas por prácticas más seguras —como las cuentas de ahorro en los bancos—, ¿por qué empeñarse en mantener en casa joyas, monedas antiguas, obras de arte y otro tipo de valores, que pueden ser jugoso botín en caso de sufrir un robo?

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Es vox populi que tanto la inseguridad como la delincuencia se han incrementado desde hace tiempo. Ello motivó que las cajas metálicas de seguridad se pusieran tan de moda a fines de los 60 y principios de los 70. Pero poner la susodicha caja fuerte en la sala con un mantel y un florero encima, o empotrarla en la pared ocultándola detrás de un cuadro, no logró salvaguardar por mucho tiempo los objetos de valor. Casi como regla general los amantes de lo ajeno que saqueaban estas cajas eran parientes o empleados que conocían el lugar y sabían cómo obtener la combinación de la gaveta, o que podían incluso robarse la mismísima caja fuerte.

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Por lo tanto la aparición de las cajas fuertes bancarias, más que un elemento de -snobismo, representó para muchas personas la solución a sus intranquilos sueños. A eso se debe que hoy prácticamente todos los bancos —no así todas las sucursales— cuenten con el servicio de cajas fuertes a un costo que oscila entre los $250 y $3,500 pesos anuales, dependiendo del tamaño que tenga la misma.

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Su contratación es ordinaria, pues sólo se requiere firmar un documento, aunque algunos bancos solicitan que el cliente tenga cuenta con la institución (pero esto no es regla). El trámite se concluye en un solo día en las sucursales que cuentan con este servicio, y se sugiere considerar que el establecimiento no esté demasiado lejos del hogar o la oficina.

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Es básico que, como cualquier contrato que se pacta, sea leído antes de firmarlo y estar de acuerdo con las cláusulas contenidas, puesto que en caso de alguna inconformidad o necesidad extra la institución bancaria podría dar algunas concesiones para abrir la caja.

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Dentro de las cláusulas que todo contrato de cajas de seguridad contiene destacan las que indican que el usuario podrá tener acceso a este servicio durante horas y días hábiles bancarios, y que el acceso a la caja sólo se permitirá a “personas autorizadas por el mismo (contratante) a sus legítimos representantes”, como estipula Bancomer, institución que según diversas fuentes cuenta con el mayor número de cajas fuertes (aunque la cantidad exacta no fue revelada).

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Y aunque no todos los contratos son iguales, informa este banco, lo que sí impera para todos es que en los lugares de reserva los usuarios deben abstenerse de “introducir objetos o sustancias explosivas, inflamables, corrosivas o peligrosas, cuya tendencia o posesión esté legalmente prohibida”.

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Entre las ventajas de su uso —además del resguardo— está la -confidencialidad del contenido, lo cual significa plena privacía para el titular. Para garantizar tal discreción, las instituciones bancarias solicitan, cada vez que se realiza la apertura de una caja, mostrar una identificación que acredite plenamente la personalidad del titular (sin que pueda tener acceso ninguna otra persona que no esté así estipulada en el contrato), llenar un formato de registro y mostrar las llaves de la caja. De esta forma se evita la -entrada de cualquiera que haya tenido buenas clases de cerrajería.

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De hecho, las cajas tienen cerraduras poco convencionales que sólo pueden ser -arregladas o cambiadas por cerrajeros especializados designados por el mismo banco. -Todo esto con el afán de tener el mayor control y seguridad sobre las gavetas. Como seguridad extra, para poder abrir la caja el cliente requiere, además de su propia llave, una “llave maestra” que está siempre en poder de la institución.

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Sin embargo, y como el ser humano no está exento de olvidos y errores, la institución se “libera de toda responsabilidad” en caso de que el cliente, por descuido o negligencia, no cierre bien la caja y la gaveta o deje objetos fuera de ellas. Incluso, el banco también se libera de cargos por extravío de llaves.

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Todo con medida...
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Así como el objetivo principal es proteger valores, también se deben evitar los excesos en cuanto a guardar el secreto sobre la posesión de la caja, debido a que es de suma importancia para quien decide contratarla que por lo menos una persona “de toda confianza” tenga conocimiento del hecho, porque en caso de fallecimiento y cumplido el plazo por el que se estipuló el servicio, el banco puede proceder a su apertura y vender los bienes en un plazo de un año si no hay reclamación por parte de los beneficiarios.

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Aunque el banco envía un aviso al domicilio que el cliente indicó en el contrato, en caso de mudanza sólo una adivina podría hacer del conocimiento de esta caja a los beneficiarios. Esto y sacarse la lotería sería igual de probable.

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Que el banco venda los bienes de ninguna manera implica que se quedará con el dinero, sino que después de descontar los gastos incurridos por la apertura de la gaveta, pago del notario que certificó los valores encontrados, el avalúo de los bienes y gastos generados por la misma venta, el resto quedará a disposición para cuando alguien efectúe el cobro (si acaso eso sucediese).

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Además, el riesgo de que nadie más sepa del asunto es que “la institución queda autorizada para destruir todos aquellos objetos que carecen de valor determinado por corredor público o comerciante de plaza”, según reza el machote del contrato, por lo que objetos familiarmente invaluables podrían quedar reducidos a cenizas.

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Como no se puede esperar que de la noche a la mañana las condiciones de inseguridad cambien, y como siempre ha sido mejor prevenir antes que corregir, las cajas de seguridad pueden significar la opción para no mostrarse ostentoso y dar motivo a un robo.

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Así, en el caso extremo de un hurto en el hogar o la oficina, los objetos más valiosos estarían a salvo. Y aunque los bancos en estas épocas no han salido bien librados de los robos, cuando menos hasta ahora no se sabe de asaltos a las cajas de seguridad.

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