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Inventivo para adquirir casa a crédito

Listo un esquema hipotecario parecido al de Estados Unidos, donde pocos compran vivienda al contado.
mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

En la reforma fiscal se aprobó que, a partir de 2003, todas las personas físicas podrán deducir de impuestos los intereses reales de créditos hipotecarios al año; es decir, la tasa de interés menos el índice de inflación anual.

- Este beneficio sólo será válido en préstamos contratados con una institución autorizada por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), como bancos o Sofoles, y el monto del financiamiento no deberá exceder 1.5 millones de UDIs, (unos $4.5 millones de pesos, aproximadamente).

- "Será un aliciente para todas las personas –asegura el subdirector de Crédito Hipotecario en Banca Serfin, Luis de la Vega–, motivo por el cual estamos rediseñando nuestra oferta para este mismo año: revisaremos tasas, esquemas y accesibilidad; relanzaremos prácticamente todo este producto hipotecario."

- "Esta disposición detonará la vivienda" –confirma el presidente de la Asociación de Banqueros de México (ABM), Héctor Rangel– ya que se deducirán los intereses reales en "cualquier crédito que esté vigente en ese momento [2003], sea de cual fuere el año en que se otorgó y su monto".

- Queda excluido el préstamo para liquidez, que se otorga a la hipoteca de una propiedad con el fin de que el solicitante obtenga fondos con destino libre, pero sí será aplicable a contratos establecidos tanto en UDIs como en pesos, asevera Ricardo García, director de Crédito Hipotecario en Scotiabank Inverlat.

- Estas facilidades fiscales únicamente las podrán aprovechar las personas físicas con recursos suficientes para adquirir vivienda media y residencial, pues los créditos para vivienda de interés social difícilmente serán deducibles de impuestos, debido a que su tasa real es muy baja. "Este tipo de casa básicamente tiene un subsidio", aclara Raúl Feliz, profesor del Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE).

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- Las personas asalariadas también podrán aprovechar la medida. De acuerdo con Mancera, Ernst & Young, la nueva ley del ISR establece que a partir de 2002 quienes perciban un sueldo superior a $300,000 pesos al año deberán presentar su declaración anual, límite que antes era para salarios de $1.5 millones de pesos.

- García ejemplifica: si se contrata un crédito por $800,000 pesos con una tasa fija anual de 15%, para obtener la cifra deducible se le deberá restar el factor inflacionario del año. Suponiendo que éste sea 5%, el resultado será 10%, lo cual equivale a unos $80,000 pesos a descontar del ISR. Si un alto ejecutivo recibe $400,000 pesos de ingreso anual acumulado (sueldo, caja de ahorro, prima vacacional y otros), en su declaración restará la cifra obtenida, quedando una base gravable de $320,000 pesos; es decir, sus impuestos se calcularán sobre esta cantidad.

- El contribuyente deberá manifestar en su declaración la suma de intereses y la institución financiera a la que se pagó, para que las autoridades fiscales reconozcan de dónde proviene el descuento.

- Mancera, Ernst & Young explica que los talonarios de pago de los créditos de vivienda ya cumplen con requisitos como la identificación fiscal del banco, con el fin de que puedan servir como comprobantes en la deducción al ISR. De ese modo se evitará cambiarlos por facturas.

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