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Miscelánea Fiscal 1996 <br>Tiranía y e

La nueva legislación fiscal difícilmente alentará la inversión y el crecimiento
mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

Las medidas gubernamentales para alentar la actividad económica sólo son un buen propósito de año nuevo. El deseo reiterado año con año, que ya nadie toma en serio, porque no existe un cambio sustancial en la práctica fiscal mexicana. Sin embargo, es posible que algunas empresas se beneficien con las modificaciones tributarias. Escépticos, los analistas dicen que “sólo el tiempo lo dirá”.

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“Se requieren apoyos reales y no sólo un poco de aire a las empresas”, dice Luis Pérez de Acha, miembro de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal y catedrático de la materia en la Universidad Nacional Autónoma de México, al comentar la ampliación del beneficio de deducción inmediata que otorga la miscelánea fiscal para 1996 a las empresas de mediana capacidad.

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“Inmediata o diferida, la deducción a compañías con ingresos de hasta $7 millones de pesos y activos hasta por $14 millones de pesos no toca la raíz del estímulo fiscal, pues se grava conforme a crédito. Esto es ridículo. Una compañía X, que vende un automóvil a crédito por $100,000 pesos, inmediatamente debe pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y el Impuesto al Valor Agregado (IVA). ¿Y de dónde si no le han pagado?”, dice el también miembro de la Barra Mexicana Colegio de Abogados.

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Para Ricardo Valdivia, director general de Rein y Asociados, despacho de consultoría especializada en análisis financiero y contabilidad, “el fisco es un tirano ciego: hay que pagarle hoy aunque no existan ingresos. El aliento a la productividad sólo está en el papel”.

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Consideradas ridículas y tiránicas, las disposiciones de las nueve leyes fiscales también son calificadas como retrógradas o insuficientes. Según Judith Rubio, maestra de contabilidad en la Universidad Iberoamericana, la ampliación de cinco a 10 años del periodo de amortización de pérdidas fiscales, es una “práctica que ya se realizaba 20 años atrás, que implica no sólo un retroceso temporal, sino postergar el estar al día en la contabilidad”.

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La reducción a tasas de 4.9 y 10% en la retención por pago de intereses a entidades financieras del exterior y proveedores, por su parte, son insuficientes “para reducir los costos financieros de las empresas, máxime al establecer que esto tiene que hacerse con países con los que México tenga celebrados tratados para evitar la doble tributación, lo que ocasionará mucha confusión en los contribuyentes”, dice Rubio.

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A pesar de estos calificativos, los especialistas encuentran sin embargo en la miscelánea algunos puntos positivos. Entre ellos la tasa de 0% en el IVA para alimentos procesados y medicinas, en todas las etapas de sus procesos de producción, distribución y consumo. Sólo se exceptúan algunos productos como jugos, néctares, caviar, salmón ahumado y angulas. Asimismo, las inversiones en automóviles utilitarios que serán deducibles hasta por un monto de $150,000 pesos y la deducción de la inversión hecha en la producción cinematográfica de los ingresos generados por exhibición.

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Por eso, como conclusión, Pérez de Acha afirma: “La nueva miscelánea fiscal es sólo un brochazo que posiblemente ayude de manera parcial a algunas empresas. Pero eso no lo podemos adivinar”.

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