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Nueva terminología laboral

El autor es editor general del servicio de consultoría Información Dinámica de Consulta (IDC) del
mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

En el ámbito de las relaciones laborales resulta válido revisar diversos conceptos legales de particular importancia. La lectura de éstos puede ser diversa, y una de ellas no descarta el tono irónico (sin dejar de ser realista). Aquí, una invitación a la reflexión sobre estos aspectos:

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Aguinaldo: “Prestación de fin de año, equivalente por ley y en la mayoría de las empresas a sólo 15 días de salario, únicamente para cubrir lo que a dicha fecha ya se adeuda en exceso”.

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Capacitación y adiestramiento: “Instrumento de mejora personal y profesional, aún no valuado debidamente por la empresa, y que habrá que volverle a explicar al trabajador”.

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Comisión Nacional de los Salarios Mínimos: “Organismo tripartita que se reúne cada año (o en forma extraordinaria) para incrementar un porcentaje mínimo a otra base mínima”.

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Comisionista: “Vendedor disfrazado de trabajador en cuanto a derechos laborales, y de promotor mercantil en cuanto a obligaciones”.

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Contrato de trabajo: “Documento de particular formalidad a la hora de la contratación, pero de dudosa eficacia a la hora de un juicio”.

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Contrato colectivo: “Convenio entre empresa y sindicato, a efecto de hacer aparecer las prebendas empresariales como conquistas sindicales”.

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Días de descanso: “Días concedidos por ley o consignados en contrato laboral, a efecto de que el trabajador llegue tarde o no se presente el primer día hábil siguiente”.

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Días festivos: “Días otorgados al trabajador a efecto de que celebre un acontecimiento del que no tiene la menor idea”.

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Enfermedad de trabajo: “Lesión orgánica o perturbación funcional (definición jurídica) de la que sólo se dan cuenta los beneficiarios del trabajador una vez que éste ha fallecido”.

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Horas extra: “Jornada extraordinaria cubierta al trabajador con un 100 ó 200% adicional a su salario, salvo que se le califique como trabajador de confianza”.

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Jornada de trabajo: “Periodo durante el cual el trabajador está a disposición del patrón, en todo aquello que el trabajador considere a bien”.

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Junta de Conciliación y Arbitraje: “Órgano jurisdiccional que induce al arreglo y beneficio... de los abogados de las partes en conflicto”.

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Normas protectoras del salario: “Lineamientos que no evitan que el trabajador afloje con lo que corresponde al primer error marital”.

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Participación de utilidades: “Menudencias a repartir por la empresa, previo a haber calculado (aun cuando no pagado) intereses de accionistas y del fisco”.

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Patrón: “Término revolucionario que ha trascendido hasta nuestros días en empresas que aún no se enteran de la modernidad”.

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Prima de antigüedad: “Prestación otorgada al trabajador al término de la relación laboral, cuyo importe sólo permitirá comprar un álbum para las fotos del recuerdo”.

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Reglamento interior de trabajo: “Documento firmado por patrones y trabajadores, a efecto de suspender a los segundos cuando se les antoje a los primeros”.

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Rescisión de la relación laboral: “Acción visceral ejercida por el patrón después de un disgusto marital en el desayuno”.

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Riesgo de trabajo: “Lesión producida al trabajador por descuido de éste o del patrón, que da lugar a un arreglo fuera de las narices del IMSS”.

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Trabajador: “Elemento fundamental y determinante en los objetivos de la organización, a pesar de su propia ignorancia al respecto”.

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Trabajador de confianza: “Misma definición anterior, salvo que además de sus responsabilidades directas, debe ir a sacar el coche del director del taller mecánico”.

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