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¡Orden en la sala!

Fiscalistas temen que la Corte Suprema falle a favor de Hacienda con el impuesto al activo.
mar 20 septiembre 2011 02:55 PM

La diferencia entre deducir el impuesto al activo en la fecha de adquisición -de los inventarios o cuando éstos se vendan, se definirá en estos días en la -Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). Sin embargo, los fiscalistas -temen que el fallo de la SCJN favorezca (como ha ocurrido en el pasado) al poder -Ejecutivo.

- La Corte deberá dirimir la constitucionalidad o no del impuesto al ‘costo -de lo vendido’, concepto que incorporó la Ley del Impuesto sobre la Renta en -2005. Hacienda pretende que la deducción se haga en la fecha de venta de los -productos, en lugar de cuando los inventarios se adquirieron, como ocurría -desde 1987.

- Si Hacienda gana, las empresas tardarán más en deducir sus inventarios, lo -que aumentará la base para el pago del impuesto, amén de que sus costos de -almacenamiento se incrementarán.

- Fiscalistas como Herbert Bettinger, de Mancera Ernst and Young, junto con el -despacho Ortíz, Sainz y Erreguerena, aseguran que esta disposición sería -inconstitucional, pues no existe equidad en relación con las personas físicas -con actividades empresariales, a las que no se aplicará el impuesto.

- En el pasado la corte declaró inconstitucionales impuestos como el -Suntuario, el ISCAS y el Régimen sobre la participación de los trabajadores en -las utilidades de las empresas.

- Sin embargo, en caso de no llegar a un acuerdo el actual presidente de la -Corte, Mariano Azuela, tiene voto de calidad. Azuela ha mostrado tendencia a -resolver a favor del presidente, como ocurrió en 1982 con la expropiación -bancaria, al declarar constitucional el régimen de sociedades controladoras de -la reforma de 1999 y en la elección de José Cossío como ministro ponente.

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- Cossío, por su parte, es el ministro ponente que más ha favorecido a -Hacienda, como cuando aprobó que esa secretaría utilizara conceptos -indeterminados en la exposición de motivos de la reforma de 2006. Usualmente, -el pleno de la corte vota a favor de la propuesta del ministro ponente.

- A la fecha existen 10,000 amparos contra el impuesto al costo de lo vendido, -pero la resolución que dé la corte es definitiva y no es apelable.

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