Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿Adiós a los paraísos fiscales?

Casi es un hecho que la Miscelánea Fiscal 1997 traerá un naipe bajo la manga: la obligatoriedad de
mar 20 septiembre 2011 02:54 PM

Al parecer, las maniobras financieras de los que han estado colocando importantes volúmenes de dinero en terceros países, con el fin de evadir impuestos en México y obtener jugosas ganancias, van a llegar a su fin más temprano de lo que cabía suponer.

-

Al menos, eso pretende conseguir la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) a partir de 1997. Justamente en la tercera semana de este mes —antes de que concluya el presente periodo legislativo— será discutida en el Congreso de la Unión la propuesta que hizo el Poder Ejecutivo dentro de la Miscelánea Fiscal 1997. ésta tiene por objeto obligar a todo empresario o funcionario mexicano a informar al gobierno sobre la apertura y manejo de cuentas en más de 85 ubicaciones geográficas consideradas internacionalmente como paraísos fiscales.

-

En pocas palabras, se acabará el concubinato para exigir el matrimonio entre operaciones financieras, es decir, si se aprueba la propuesta, todo será por escrito, nada verbal.

Publicidad

-

Esto no significa que la autoridad financiera prohiba la inversión en jurisdicciones consideradas de baja imposición fiscal, pero sí se exigirá la notificación de estas operaciones al gobierno mexicano para prevenir sanciones.

-

Para lograr la eficacia, todo muy claro
-
La lista de los países con bajos impuestos es bastante larga, y para que no haya confusiones y argumentos de “yo no supe”, el gobierno la dio a conocer con lujo de detalle: Albania, Andorra, Anguilla, Antigua, Antillas Holandesas, Aruba, Bahamas, Bahrain, Barbados, Belice, Bermuda, Bolivia, Botswana, Brunei, Cabo Verde, Camerún, Campione, Chipre, Costa de Marfil, Costa Rica, Djibouti, El Salvador, Emiratos Árabes Unidos, Gabón, Gibraltar, Grenada, Guam, Guatemala, Buernsey, Guinea, Honduras, Hong Kong, Isla Anguilla, Isla Channel, Isla del Hombre, Isla Norfolk, Islas Caimán, Islas Cook, Islas Marchall, Islas Truks y Caicos, Islas Vírgenes Británicas y Jamaica.

-

También están enlistadas Jersey, Diribati, Kuwait, Labuan, Líbano, Liberia, Libia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Maderia, Maldivas, Marruecos, Mónaco, Montserrat, Namibia, Nauru, Nevis, Nicaragua, Omán, Panamá, Paraguay, Patau, Polinesia Francesa, Puerto Rico, Quatar, República Dominicana, Samoa del Oeste, San Kitts, San Marino, San Vicente, Senegal, Seychelles, Sri Lanka, Sudáfrica, Swazilandia, Tonga Tuvalu, Uruguay, Vanatu, Venezuela, Zaire y Zimbabwe.

-

¿Cómo habrá de instrumentarse la propuesta de las autoridades? A partir de la virtual autorización de ajustes al artículo cuarto de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que por cierto es el gravamen más importante para el país: en 1997 reportará al fisco $103,400 millones de pesos, de los $282,500 millones que tienen previstos por concepto de recaudación de impuestos.

-

En el apartado VII del citado artículo se aclara que se consideran jurisdicciones de baja imposición fiscal los países antes citados. Se aclara que esta propuesta “resulta de los problemas que la autoridad ha detectado en las labores de auditoría, de la experiencia que México ha tenido a través de su participación en el Comité de Asuntos Fiscales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), así como de las negociaciones de los tratados para evitar la doble tributación con los gobiernos de socios comerciales”.

-

¿A cuánto asciende la evasión?
-
La propia SHCP no ha sido capaz de contabilizar con precisión las magnitudes que adquiere el incumplimiento con el fisco, pero en sus estimaciones internas asumen pérdidas potenciales de ingresos del orden de 3% del Producto Interno Bruto por concepto de Impuesto al Valor Agregado, Impuesto sobre la Renta, Impuesto al Activo y operaciones financieras de alta ingeniería, como las que se realizan a través de los paraísos fiscales. En 1997 lo anterior significará pérdidas de ingresos del orden de $95,000 millones de pesos, casi la totalidad de la deuda interna nacional.

-

De acuerdo con la legislación fiscal vigente, todos los depósitos realizados dentro del sistema financiero nacional obligan a sus tenedores a pagar el Impuesto sobre la Renta, salvo que las inversiones se realicen en la Bolsa Mexicana de Valores, que está exenta de este pago, tema que ha sido ampliamente cuestionado por el resto de los participantes del sistema financiero.

-

Por otra parte, México tiene negociados acuerdos para evitar la doble tributación con unos 20 países de todos los continentes, pero con un enfoque claro hacia la promoción de inversiones destinadas a la actividad productiva y no a la inversión financiera.

-

En este sentido, el manejo de fondos en paraísos fiscales se traduce para la SHCP en ingresos no percibidos de entre $3,000 y $5,000 millones de pesos cada año, cifra nada despreciable si se considera el presupuesto anual de una institución de buen tamaño, como es la propia SHCP.

-

Las flamantes reglas obligarán, por tanto, a que dejen de realizarse traspasos millonarios entre islas -paradisíacas sin que exista un control “fiscal”, lo que implícitamente involucrará un control político del manejo de recursos fuera del país.

-

Si bien esta iniciativa se encuentra apenas en la fase de generación de consensos entre los legisladores, existen buenas posibilidades de que sea aprobada sin mayor problema antes de que concluya este año, especialmente por la connotación política de la nueva disposición.

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad