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Ahorrar impuestos sin dolor

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lun 19 febrero 2007 12:00 AM

José Zárate prefiere no mirar el recibo de nómina que le entregan cada quincena, especialmente el renglón de los impuestos: la empresa le retiene casi la tercera parte de su sueldo para entregársela a Hacienda.

Para recuperar una fracción de esa suma, José guardó el año pasado todos los recibos de honorarios de su ortodoncista y de las consultas pediátricas de su hijo, además de la constancia de donativos mensuales que hizo a una institución de asistencia pública.

Estos gastos le permitirán tener, al presentar su declaración anual en abril de 2007, un saldo a favor de impuesto sobre la renta (ISR) de más de 5,000 pesos, que Hacienda le devolverá automáticamente a su cuenta de cheques.

Para el año que viene José quiere que el fisco le regrese más, así que invertirá en una cuenta de ahorro especial y en la subcuenta de aportaciones voluntarias para el retiro de su afore.

De acuerdo con especialistas en impuestos, si un asalariado como José aprovecha al máximo las deducciones y estímulos que tienen que ver con el ahorro de largo plazo, podría obtener una devolución de más de 68,000 pesos en 2008.

Eso sin contar que la contratación de un seguro de gastos médicos familiar y conseguir un crédito hipotecario para comprar una casa podrían hacer todavía más atractiva esta cifra.

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Asalariado que se duerme, paga más
En México hay 12.7 millones de empleados que deben de tener la misma sensación que José cuando ven sus recibos de nómina. Son contribuyentes cautivos que, si no presentan su declaración anual, tienen menos ventajas fiscales porque no aprovechan la oportunidad de reducir sus ingresos gravables.

Pocos lo hacen: alrededor de 8% de las personas físicas presentó la declaración anual de 2005, señalan cifras preliminares de 2006. Y de los asalariados, básicamente la presentan sólo 10%, que son los que ganan más de 400,000 pesos al año y están obligados a hacerlo.

Quienes perciben menos podrían también presentar la declaración anual y así obtener beneficios fiscales, pero no lo hacen por varias razones. Germán Vega, gerente de Capital Humano de la firma Ernst&Young, menciona la complejidad de las disposiciones fiscales, el bajo índice de escolaridad, que el patrón tenga la obligación de realizar un cálculo mensual por ellos, la desconfianza que existe en las autoridades fiscales y el desconocimiento de sus derechos ciudadanos. “Terminan pagando impuestos sobre el total de sus ingresos”, agrega.

Año con año, sin embargo, el número de quienes presentan la declaración anual aumenta, ya que es la única forma de recuperar dinero, cada vez hay más conocimiento de lo que se puede deducir y el trámite es menos complicado. “Por lo general, el procedimiento de devoluciones automáticas del saldo a favor de ISR no implica mayor inversión de tiempo por parte del asalariado más que la preparación y presentación oportuna de la declaración”, señala Claudia Campos, socia de impuestos de la firma PricewaterhouseCoopers (PWC).

Tanto Vega como Campos coinciden en que los deducibles más frecuentes y conocidos son los gastos médicos y dentales, pero existen otras inversiones que pueden contribuir más a reducir la carga fiscal.

El lado bueno de una hipoteca
Frecuentemente, señala Vega, de Ernst&Young, los contribuyentes olvidan que pueden deducir de sus impuestos los intereses reales que pagan por un crédito inmobiliario. Para calcular esos intereses, se resta la inflación a la tasa de interés que aparece en el crédito hipotecario, es decir la tasa nominal.

“La mayoría de los créditos comerciales cobran tasas entre 8 y 9% anual, por lo que en promedio, 50% de los intereses hipotecarios que pague serán deducibles de impuestos”, explica Vega, ya que la inflación de 2006 fue de 4.05%.

El único límite que pone la legislación es que el crédito inmobiliario sea menor a 1.5 millones de UDI, es decir, poco más de 5.5 millones de pesos.

“Representa una deducción por varios años, además de incentivar la inversión inmobiliaria”, destaca la socia de Impuestos de PWC, quien además subraya que un inmueble destinado a casa-habitación puede tener una plusvalía superior a los rendimientos que generan las inversiones en instituciones bancarias.

Deducción segura
Los asesores consultados coinciden en que otra inversión que se debe considerar son los seguros de gastos médicos. Las primas no sólo son deducibles, además protegen al individuo contra gastos fuertes no presupuestados.

El tamaño del beneficio fiscal de esta deducción depende del monto de las primas por el tipo de seguro que se contrate y tienen otra ventaja: se pueden sumar todos los seguros que el contribuyente contrate para sí, sus hijos, padres y pareja.

Cuentan incluso las primas que las empresas descuentan mensualmente a sus empleados por este concepto, ya sea para ellos o sus familias.

Ahorre y gane
En la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) existen dos disposiciones que pueden animarlo a invertir en instrumentos de largo plazo, como la afore, planes personales de retiro o cuentas especiales de ahorro.

La primera opción consiste en hacer aportaciones voluntarias y complementarias a las subcuentas de las afores y en otros planes de retiro, como los que manejan las operadoras de fondos de inversión (Artículo 176 de la LISR).

Si se retira antes, el operador retiene 20% del monto, pero “si la inversión se conserva y se retira hasta después de los 65 años, la deducción se considerará definitiva y los rendimientos exentos”, señala Campos, de PWC.

Esta forma de ahorro está limitada a 10% de los ingresos anuales del contribuyente y con un máximo de cinco salarios mínimos (alrededor de 90,000 pesos), pero aun así puede generar una devolución de impuestos de más de 25,000 pesos, si se aplica la tasa máxima de ISR de 28%.

Vega, de Ernst&Young, lo recomienda no sólo desde el punto de vista fiscal, sino como una forma de incrementar la calidad de vida durante el retiro, ya que por el momento las afores no garantizan suficiente solvencia.

La segunda opción de ahorro que contempla la LISR consiste en un estímulo fiscal (Artículo 218) que permite diferir impuestos a través de inversiones especiales a por lo menos cinco años.

En este formato, aunque los impuestos se calculan sobre la suma de capital y rendimientos, éstos se pagan hasta retirar el dinero, y la tasa que se cobrará nunca será mayor a la que se habría pagado cuando se hizo la inversión.

Es decir, si los impuestos tienden a subir, el inversionista está protegido; si bajan, entonces se verá beneficiado. Por ejemplo, si la inversión se hace este año, en que la tasa máxima de ISR es de 28% y dentro de cinco años la tasa subiera a 40%, lo máximo que Hacienda puede cobrar al inversionista es 28%.

“El diferimiento del impuesto puede ser muy interesante”, comenta la contadora Campos. Sobre todo porque uno puede esperar a retirar el dinero cuando sus ingresos disminuyan y la tasa a pagar sea menor, o incluso los ingresos queden exentos.

La deducción máxima de los depósitos en cuentas especiales para el ahorro es de 152,000 pesos anuales, lo cual representa un ahorro de poco más de 42,000 pesos de impuestos, considerando la tasa máxima de 28%.

En resumen, la ley vigente permite que un contribuyente que puede destinar poco más de 240,000 pesos anuales al ahorro de largo plazo, solicite una devolución de impuestos superior a 68,000 pesos, siempre y cuando se tenga la inversión hasta los 65 años.

Recomendar una u otra inversión, o una combinación de ambas, depende del horizonte de inversión del cliente. José Julián Osorio, gerente comercial de la distribuidora de fondos Skandia, señala que las aportaciones a la afore o a un plan personal de retiro con base en el Artículo 176 presentan dos limitantes: la condición de permanecer hasta los 65 años o, en caso de retirar, que se retiene automáticamente 20% y el tope por sueldo. Aun así, permiten la inversión en renta variable, que tiene mayor riesgo pero mejores rendimientos.

Las inversiones por Artículo 218, en cambio, no limitan en edad y protegen al cliente contra alguna ‘locura’ gubernamental de aumentar los impuestos, pero sólo están abiertas a inversión en deuda, que es más estable pero tiene menores rendimientos.

Esta opción tiene otra ventaja y es que permite que la inversión se haga antes de realizar la declaración anual, o sea que quienes no han presentado la correspondiente a 2006, aún tienen tiempo de aprovecharla.

De poquito en poquito
La realidad es que, si bien José Zárate tiene un salario privilegiado, no cuenta con 240,000 pesos para invertir en su afore o en otras cuentas de largo plazo. Y como dice el gerente de Capital Humano de Ernst&Young, no se puede ahorrar lo que no se tiene.

Sin embargo, sí puede disponer de 50,000 pesos que tiene en un fondo de inversión para meterlos en una cuenta especial a cinco años, tramitar un crédito hipotecario que le genere 74,000 pesos de interés real y comprar un seguro médico para su esposa y su hijo con un costo de 12,000 pesos.

Estas inversiones, sumadas a sus gastos médicos previstos, pueden hacer que sus ingresos disminuyan lo suficiente como para descender un escalón en el tabulador de impuestos, con lo cual alcanzaría un saldo a favor de 40,000 pesos, cuya devolución deberá solicitar a Hacienda por escrito.

Nada mal para un asalariado que empieza a ejercer todos sus derechos fiscales.

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