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Ley de fomento, ¿al empleo?

Carlos de la Fuente y Lourdes Velazco analizan los cambios para reactivar las contrataciones; los estímulos en el ISR provocarían que las empresas tengan incentivos para emplear a los jóvenes.
mar 16 noviembre 2010 06:03 AM
México ha visto afectado su mercado laboral debido a la crisis económica. (Foto: Archivo)
desempleo-desempleado-empleo-mexico.jpg (Foto: Archivo)

El Senado de la República aprobó el pasado 26 de octubre las adiciones y modificaciones a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Dicha propuesta se ha conocido como la Reforma del Primer Empleo o "Ley Beltrones", en honor a su principal defensor. La propuesta hecha por el senador, de acuerdo con la exposición de motivos, se  fundamenta a raíz del bajo crecimiento económico que enfrenta actualmente la economía mexicana y pretende que, a través de la creación de políticas públicas que fomenten el nacimiento de empleos formales, se favorezca a miles de jóvenes que ingresan año con año al mercado laboral.

Aún cuando la Comisión de Hacienda y Crédito Público, a través de la Cámara de Diputados, toma la citada ley, modifica prácticamente sólo la forma de su creación. Presenta en su proyecto el decreto de reforma a la Ley del Impuesto de la Renta (LISR), donde finalmente se trascribe gran parte de la legislación propuesta, es decir, conserva en mayor medida su esencia y términos. 

En esencia, con esta reforma se otorgarán beneficios fiscales a los patrones que contraten  personas que por primera vez serán inscritos en el IMSS por motivo de una relación de trabajo. Es de suponerse que quienes se ubiquen en estos supuestos serán mayormente jóvenes  en su primer trabajo formal, lo que implicará reducir el Impuesto Sobre la Renta (ISR) a cargo del patrón.

Este estímulo fiscal va dirigido a incentivar a los empleadores mexicanos a que creen nuevas plazas de trabajo y a su vez incrementen el número de asegurados en el IMSS. Será aplicable a quienes contraten, por lo menos, durante 18 meses, a  trabajadores que perciban hasta ocho salarios mínimos, de acuerdo con el área geográfica en donde presten el servicio y través de este estímulo tendrán derecho a una deducción adicional al ISR. 

Es importante resaltar que aún y cuando con estos cambios se desea reactivar a la economía mexicana y apoyar a los jóvenes para que cuenten con empleos formales,  de acuerdo con las características que deberán tener dichos jóvenes , según la definición que se propone en el artículo 231 fracción III, serán aquéllos que no tengan registro previo de aseguramiento en el régimen obligatorio ante el Instituto Mexicano de Seguro Social, por no haber prestado en forma permanente o eventual, un servicio remunerado, personal y subordinado.

Dado lo anterior nos estaríamos preguntando por qué estos beneficios no se aplican de forma general a todos los desempleados, refiriéndonos a gente que está a cargo de la manutención de familias enteras y que derivado de las repetidas crisis económicas, de salud, etc. que hemos sufrido, se han quedado sin empleo formal y hoy permanecen en este estado. 

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Recientemente conocimos que este rubro aún presenta un déficit importante; habrá que recordar que hace un año la cifra de desempleados era de más de 12 millones de personas. Al cierre de octubre de 2010 la tasa de desempleo en nuestro país rebasa los 5 puntos porcentuales y como dato adicional, en este mismo año conocemos que más de un 73% de los desempleados son personas con niveles de educación altos.

Otro punto importante es que el monto máximo del beneficio fiscal equivale, según la propuesta, a un 25% de disminución al impuesto; sin embargo, el cálculo descrito para la determinación de dicho beneficio, en el artículo 230, se nota bastante elaborado y, con base en ejercicios realizados, se observa que el beneficio real es muy bajo, por lo que consideramos que para obtener un buen porcentaje de disminución al impuesto, se tendrían que estar creando cientos de plazas de trabajo por empresa.

Dado que ya se asentó que la economía mexicana está pasando por un desnivel importante, cómo les será posible a los empresarios sustentar la creación de puestos de trabajo y todos los gastos que se generan de esto, como la propia nómina, gastos de operación, gastos por otros impuesto (IMSS, INFONAVIT, Contribuciones Locales) etc., cuando esta reforma no contempla deducciones al pago de cuotas obrero patronales.

Como en otros decretos para el apoyo a los empresarios que se sustentan en la generación de empleos, los requisitos son muchos y la experiencia dice que falta flexibilidad por parte de las autoridades para autorizar los beneficios.

La vigencia de esta reforma está limitada a tres años y el beneficio máximo se disminuye en un 25%  para el segundo y tercer años, y después de este plazo se regresará al sistema actual. 

Es criticable el hecho de invertir tanto estudio, tiempo de los legisladores y gastos, para crear una "solución" emergente y corta, de la cual podrían no verse materializados resultados lo suficientemente sustanciales, tal que inviten a inversionistas tanto mexicanos como extranjeros, a invertir en nuestro capital humano mexicano.

En resumen, nos pronunciamos con muchas reservas respecto a los alcances que tendrá esta reforma y, sobre todo, si realmente beneficiará a la población, pues inciden factores muy importantes, tales como:

1.     El que se haya dirigido sólo a los primeros empleados y no incluya desempleados.

2.     Los pobres beneficios o estímulos que se otorgan.

3.     La parafernalia de trámites y obligaciones que tendrán que cumplir los empleadores si deciden tomar este beneficio.

Reiteramos la necesidad de generar empleos, estimular la actividad económica del país y comprometernos con nuestros jóvenes que están entrando en la etapa económicamente activa de su vida, pero creemos que aún debemos explorar otras alternativas, el esquema del primer empleo no es nuevo (Diario Oficial de la Federación 23 de Enero de 2007) y nunca supimos ni sabremos los verdaderos resultados del decreto en cuestión.

Los autores son Presidente del Comité Técnico Nacional de Seguridad Social* y Colaboradora de Ernst & Young México.**

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