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Multarán a promotores de Afores

La Consar multará con 27,400 pesos a quienes realicen traspasos indebidos de trabajadores; la autoridad podrá también negar la autorización de comisiones excesivas a las Administradoras.
mié 21 enero 2009 01:37 PM

La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) podrá negar la autorización a las comisiones excesivas de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) y multará hasta con 500 días de salario mínimo (27,400 pesos) a los promotores que traspasen de cuenta a los trabajadores sin su aprobación. Estas medidas serán posibles con la entrada en vigor de las reformas a la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro. Además, la Consar, a través de su Junta de Gobierno, no autorizará aumentos de comisiones por arriba del promedio, definirá "la dispersión máxima permitida" entre la más baja y la más alta y emitirá recomendaciones a las sobre el nivel de cobros.

Esto, conforme al Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), publicado hoy en el Diario Oficial de la Federación para su entrada en vigor mañana jueves.

El ordenamiento prevé multas de 50 a 500 días de salario por cada cuenta individual al agente promotor que registre a un trabajador o solicite el traspaso sin su consentimiento, o cuando éste se obtenga mediante dolo, mala fe u otra conducta similar, mediante documentación falsa o la entrega de alguna contraprestación o beneficio.

Adicionalmente, se incrementa de dos a tres los estados de cuenta que como mínimo deberán enviar cada año las Afore a los trabajadores.

Según se establece en sus artículos transitorios, por única vez, las Afores tendrán a partir de este 22 de enero un plazo de 20 días hábiles para presentar sus comisiones ante la Junta de Gobierno de la Consar, la cual tendrá hasta el 30 de noviembre para autorizar o denegar las solicitudes que le presenten.

De acuerdo con los cambios a la legislación aprobados por el Congreso de la Unión, cada año, dentro de los primeros 10 días hábiles de noviembre, las Afores presentarán para aprobación ante la Consar sus comisiones, para ser aplicadas en el año calendario siguiente.

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Otra de las medidas para promover un mayor rendimiento neto a favor de los trabajadores precisa que las comisiones por gestión de las cuentas individuales sólo podrán cobrarse como un porcentaje sobre el valor de los activos administrados.

Señala que la comisión se cobrará "sobre bases uniformes" y "sin perjuicio de los incentivos o bonificaciones que realicen a las subcuentas de las cuentas individuales de los trabajadores por su ahorro voluntario, o por utilizar sistemas informáticos para realizar trámites relacionados con su cuenta individual o recibir información de la misma".

Antes de aplicar un incremento en sus comisiones la Afores deberá informarlo a los trabajadores, a fin de que estos puedan solicitar su traspaso a otra administradora si así lo desean.

Asimismo y con base en los datos de la cuenta individual del trabajador, la Afore deberá informarle en el estado de cuenta del segundo semestre del año el cálculo aproximado que le cobrará por concepto de comisiones durante el año calendario próximo.

Prevé que en caso de minusvalías por situaciones extraordinarias del mercado, la Afore que opere la sociedad de inversión deberá notificar el hecho a la Consar en un plazo de un día hábil, y así la Junta de Gobierno podrá ordenar de manera extraordinaria modificar el régimen de inversión autorizado y la recomposición de la cartera en riesgo.

Con las reformas se obliga a la Consar a rendir ante el Congreso de la Unión un informe trimestral sobre la situación del Sistema de Ahorro para el Retiro en términos de las medidas adoptadas para proteger los recursos de los trabajadores en circunstancias atípicas de los mercados financieros, comisiones, rendimientos netos otorgados por las Afore, minusvalías, en su caso, entre otros datos.

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