El ISR pesa menos con ayudas escolares
Las empresas en México podrían "echarle la mano" a sus trabajadores en esta época de crisis y menores ingresos, con apoyos en útiles escolares que pueden ser deducibles del Impuesto Sobre la Renta (ISR). El regreso a clases ya está a la vuelta de la esquina y millones de niños de educación básica volverán a abarrotar las aulas de las escuelas en todo el país.
Los padres, algunos afectados por la crisis económica, resentirán la carga de la compra de útiles escolares ; por eso mismo, algunos fiscalistas recomiendan a las empresas apoyar a sus empleados, beneficiándose también ellas en materia fiscal.
El artículo 8 de la Ley del ISR define a las prestaciones de previsión social como el conjunto de erogaciones efectuadas por los patrones a favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores, tendientes a su superación física, social, económica o cultural, que les permitan el mejoramiento en su calidad de vida y en la de su familia.
"El beneficio para la empresa o para el trabajador es que ese apoyo que le da el patrón no va a ser gravado como ISR", dijo en entrevista el experto fiscal de Horwath Castillo Miranda, Jaime Zaga.
Además es necesario que el beneficio se otorgue de manera general a todos los trabajadores, conforme a lo señalado en el artículo 31, fracción XII de la Ley del ISR.
"En estos tiempos de crisis el Gobierno mexicano debería incentivar a las empresas a este tipo de apoyos", dijo Zaga.
Para poner en marcha esta práctica es necesario contar con el consentimiento expreso y por escrito de los colaboradores interesados, los cuales deben acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la compañía para poder ser acreedores a este beneficio.