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Las comisiones que ya no darán miedo

Las medidas dispuestas por Banxico podrían incentivar el uso de servicios bancarios, prevé Condusef; a partir del 26 de octubre próximo, la pantalla del cajero detallará las comisiones que se...
lun 26 julio 2010 04:45 PM
La economía mexicana seguirá mostrando indicadores negativos, dijo Enrique Zorrilla (Foto: Archivo)
pagos (Foto: Archivo)

Si bien la disposiciones anunciadas por el Banco de México podrían disminuir el temor de realizar operaciones bancarias y que te cobren comisión por ello, considera la letra pequeña de la circular publicada en el Diario Oficial de la Federación antes de introducir la tarjeta en el primer cajero automático que se cruce por tu camino.

"Al leer las disposiciones, sí queda claro que ha existido hasta el día de hoy un gran menú de motivos de cobro de comisiones, los cuales según encuestas realizadas anteriormente por la Condusef, se elevaban a más de 100 (pesos). Por eso muchas personas no hacían uso de los servicios bancarios", dijo el director de estudios de mercado de la Comisión Nacional para la Protección de Federal de la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), Marco Carrera.

Aunque anteriormente se tenía que hacer un desembolso por pagar el registro de las hipotecas de bienes inmuebles en el Registro Público, con la nueva disposición la entidad bancaria no podrá realizar el cobro por esta operación.

De los siguientes productos bancarios disponibles para los clientes, estos son algunos de los servicios por los cuales las instituciones, según Banxico, no deberán cobrar comisiones .

La cuenta básica de nómina:

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  • Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de débito.
  • Consultas de saldo en las ventanillas de sus sucursales y en los cajeros automáticos operados por la institución de crédito que lleve la cuenta.
  • Domiciliación del pago de servicios a los proveedores que utilicen este mecanismo de pago, y cierre de la cuenta.
  • Abono de recursos a la cuenta por cualquier medio.
  • Apertura y mantenimiento de la cuenta.

Si en esta cuenta se dejara de depositar durante seis meses consecutivos, la entidad podrá transformarla a una cuenta básica para el público en general, dicha disposición entrará en vigencia según Banxico en octubre de 2010.

En la cuenta básica para el público en general los servicios que no tendrán cobro son:

  • Otorgamiento de una tarjeta de débito y su reposición en caso de desgaste o renovación.
  • Abono de recursos a la cuenta por cualquier medio.
  • Retiros de efectivo en las ventanillas de sus sucursales y en los cajeros automáticos operados por el banco en que tenga la cuenta.
  • Pago de bienes y servicios en negocios afiliados a través de la tarjeta de débito.
  • Consultas de saldo en las ventanillas de sus sucursales y en los cajeros automáticos operados por la institución de crédito.
  • Domiciliación del pago de servicios a los proveedores que utilicen este mecanismo de pago, y cierre de la cuenta.

En cuanto a las cuentas de depósito y otras operaciones pasivas, los movimientos bancarios cuyo cobro estará prohibido están:

  • Hacer el cargo por manejo de cuenta y por no mantener un saldo promedio mínimo de manera simultánea en las cuentas de depósito.
  • Cuando se establezca como requisito que se abra una cuenta de depósito para realizar cargos relativo al pago de algún crédito que le hayan otorgado.
  • Por cancelación de cuentas de depósito.
  • Por cancelación de servicio de banca electrónica.
  • Por retiros en efectivo y consultas de saldo en ventanillas del banco donde tienes la cuenta.
  • Por recibir y abonar recursos en las cuentas de depósito de sus clientes.

En este punto, el funcionario de la Condusef recordó que existen unas medidas que entrarán en vigencia a partir de este martes que permitirán que se haga un mayor uso de los servicios bancarios, pero existen otras que se incorporarán a partir de enero del 2011, las cuales harán más eficiente y competitivo el sistema bancario mexicano.

Entre aquellas disposiciones que entrarán en vigencia en 2011 y cuya comisión estará limitada o prohibida en las cuentas de depósito están:

  • Intentar sobregirar cuentas de depósito bancario, salvo los cheques sin fondo, no podrá aventajar el monto que resulte menor de la diferencia que hay entre el importe del cheque y el saldo disponible en la cuenta.
  • El cobro por no mantener un saldo promedio mensual mínimo no podrá exceder la diferencia entre el saldo requerido y el saldo promedio observado y el importe que la institución de crédito determine y registre en el banco.

Los bancos a partir del 2011 en las operaciones de crédito, no podrán hacer una retención por el pago tardío de un crédito o cualquier otro concepto cuando se cobren intereses moratorios por el mismo periodo; tampoco podrá hacerlo por el incumplimiento del pago periódico de crédito, salvo que la comisión no exceda el monto que resulte menor del importe de este interés por mora.

Aunque en este momento estés celebrando todas las anteriores medidas, Carrera, no descarta que en un futuro estos cobros no se comiencen a cargar en otros servicios bancarios para compensar los costos operativos de su sistema.

Si llegaras a tener una duda sobre qué es lo que te está cobrando el banco por comisión a partir de octubre de este año, de acuerdo con Banxico, en las pantallas de los cajeros electrónicos te deberán informar qué te están cobrando, el monto y su valor total más el IVA o en su caso te esclarecerá si no te van hacer un cargo a tu cuenta.

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