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ABC para deducir las colegiaturas

Las personas físicas podrán deducir la educación privada de su cónyuge, hijos, padres o propia; la deducibilidad se aplicará sobre el ISR que se reporte en 2011, al declarar en abril de 2012.
lun 14 febrero 2011 03:10 PM
La deducción es válida cuando el pago sea en instituciones educativas privadas autorizadas.  (Foto: Photos To Go)
escuela (Foto: Photos To Go)

Si tu hijo está en una institución privada cursando preescolar, primaria, secundaria o bachillerato y deseas deducir del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) el monto que inviertes en las colegiaturas, es preciso que tengas claro que su aplicación se llevará a cabo en el momento de presentar la declaración anual correspondiente a 2011, indicó la consultora IDConline .

El decreto firmado estelunes por el presidente Felipe Calderón, permite que las personas físicas puedan deducir las colegiaturas de los estudios del propio contribuyente, su cónyuge, sus hijos o de sus padres. 

Para que puedas hacer efectivo este beneficio tributario es preciso que tengas claro que éste será efectivo cuando los pagos se realicen a instituciones educativas privadas que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios en términos de la Ley General de Educación, detalló el presidente.

¿Cómo debo pagar?

Para que puedas hacer efectivo este incentivo fiscal, es preciso que hagas el pago de la colegiatura a través de los sistemas de pagos electrónicos o con cheques nominativos, explicó el director de la Egade Business School, del Tecnológico de Monterrey, Campus Estado de México,  Juan Sherwell.

"Estas formas de pago facilitan el proceso de comprobación de los mismos, tanto para las escuelas como para los padres de familia, ya que queda registrada la transacción y se podrán guardar los recibos que se requieren para hacer la declaración", dijo Sherwell.

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Si en tu caso pagas por diferido las colegiaturas, tienes pagos atrasados o pagas el año completo, la institución deberá otorgarte una factura sin importar cómo realices el pago , agregó el vocero del Tecnológico de Monterrey.

"No debe tener una implicación el cómo se realizan los pagos, porque el monto a deducir es anual. Se trata de una cantidad fija anual, y sobre este monto total anual es que se hace la deducción de la cantidad fijada por el Gobierno", afirmó.

¿Qué necesito para presentar la declaración?

Para que puedas deducir de tus impuestos el pago de las colegiaturas, es preciso que pidas a la institución educativa las facturas de cada uno de los pagos que realizas mensualmente y los presentes al momento de efectuar la declaración anual de ISR, agregó el académico.

"Es importante que el padre de familia, tenga en cuenta que muchas instituciones educativas , como muchas empresas, no emiten facturas de periodos anteriores y como el año fiscal no coincide con el académico, entonces es relevante que no se olvide pedir documento de todos los meses para cuando llegue enero y febrero estén en regla los pagos realizados", precisó Sherwell.

Hacienda informó que la deducibilidad será vigente a partir de enero pasado.

¿Cuándo se hace efectiva la deducción?

La deducción del gasto que realice el padre de familia por concepto de colegiaturas en una institución privada, se aplicará respecto del ISR que declare en 2011, por lo que las personas físicas la reflejarán, en su caso, en la declaración que presentarán en abril de 2012, según explicó la consultora IDConline.

¿Cuánto puedo deducir?

"La deducción que se propone tendrá como límite un monto equivalente al costo promedio por alumno del sistema educativo público a nivel nacional en cada uno de sus niveles", explicó Calderón. 

Por ejemplo, si un padre de familia paga 14,200 pesos anuales por la colegiatura de su hijo que cursa preescolar en una escuela pública, significa que aquel que paga 42,000 pesos anuales en una institución privada podrá deducir hasta 14,200 pesos en la declaración que haga el próximo año.

Para que te hagas una idea de cuál será la deducción que podrás realizar, te mostramos unos ejemplos considerando colegiaturas promedio:

Nivel

Preescolar

Primaria

Secundaria

Bachillerato

Colegiatura mensual

    3,500.00

        4,200.00

           4,500.00

        6,000.00

Colegiatura anual pagada

   42,000.00

      50,400.00

         54,000.00

      72,000.00

Deducción máxima autorizada

   14,200.00

      12,900.00

         19,900.00

      24,500.00

Ahorro máximo en ISR (considerando una tasa de impuesto del 30%)

    4,260.00

        3,870.00

           5,970.00

        7,350.00

Fuente: CNNExpansión.com, con información de IDConline .

 

 

 

 

 

 

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