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Personas morales: ¿Qué pueden deducir?

En la declaración anual de impuestos, las empresas pueden descontar gastos por varios conceptos; los deducibles son propios a la actividad empresarial, por lo que deben excluirse gastos personales.
jue 10 marzo 2011 06:01 AM
Goldman Sachs ve con buenos ojos un aumento en la recaudación, pero destaca necesidad de una reforma impositiva de fondo. (Foto: Jupite Images)
Impuestos (Foto: Jupite Images)

Si tienes una empresa y estás pensando hacer la declaración anual de impuestos respecto al ejercicio fiscal 2010, recuerda que los deducibles son propios a la actividad empresarial y no se deben incluir los gastos individuales.

"Las personas morales, según como lo dispone la ley, pueden hacer las deducciones de los gastos correspondientes a la actividad empresarial, es decir, los gastos o inversiones que realicen para que el negocio opere", dijo el socio de la Práctica de Impuestos de la consultora KPMG, Alejandro Aceves.

Para realizar la declaración anual de impuestos correspondiente al año fiscal 2010 , debes considerar las siguientes deducciones:

  • Compras de bienes, como muebles, equipo de cómputo o maquinaria.
  • Beneficios laborales que se otorguen a los empleados.
  • Compra de mercancía o materia prima.

En el caso de que la empresa hubiera realizado un donativo, el monto máximo para deducir no debe exceder el 7% de la utilidad fiscal obtenida por el contribuyente en el ejercicio inmediatamente anterior (2009, en este caso) a aquél en que se efectúe dicha erogación, indicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

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Por ejemplo: si en 2009 la utilidad fiscal fue de unos 250,000 pesos, con el 7% que estipula el SAT el límite de la deducción de dicho donativo será de 17,500 pesos.

Otro aspecto a considerar en el momento que estés presentando las deducciones como persona moral, es que todos los pagos y adquisiciones cuenten con su correspondiente comprobante y factura, detalló el SAT.

Si eres una persona física con actividad empresarial, las deducciones serán las correspondientes a la actividad empresarial que realices; es decir, si prestas servicios como contador, podrás presentar en tu declaración anual de impuestos las compras que realizaste para desarrollar tu actividad, tales como: papelería, computadora, muebles de oficina, entre otras.

"El sentido común es el mejor consejero a la hora de determinar cuáles son las cosas que puedes deducir, y para realizar este ejercicio es importante que la compañía tenga claro cuál es su actividad empresarial y cómo está registrada en el SAT", detalló el experto de KPMG.

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