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¿Factura electrónica para ‘freelancear’?

Los profesionales independientes también pueden entregar comprobantes digitales en lugar de recibos; conoce los beneficios de migrar a un esquema virtual cuando trabajas por tu cuenta.
jue 05 julio 2012 06:00 AM
El envío y almacenamiento de facturas físicas consume tiempo y dinero. (Foto: Archivo)
factura electronica (Foto: Archivo)

Al hablar de factura electrónica, la mayoría de la gente imagina grandes empresas que emiten comprobantes fiscales por millones de pesos, sin embargo, la adopción de facturas o comprobantes de honorarios digitales es una puerta abierta también para los profesionistas independientes.  Para aquellas empresas que facturan más de 4 millones de pesos al año, la adopción de facturas electrónicas es una cuestión obligada, sin embargo muchas pequeñas y medianas empresas han optado también por esta modalidad.

"El 75% de los clientes que tenemos no está en la categoría de ingresos para el cual es obligatorio implementar facturas electrónicas, pero son pequeñas empresas y profesionistas independientes que entienden los beneficios de contar con este esquema", explica Raúl Santillán, director estratégico de Fiscoclic, una empresa de tecnología que ofrece soluciones de factura electrónica.

Las mayores ventajas de las facturas electrónicas son el ahorro en costo, tiempo y beneficio reputacional, según indica el especialista, al entregar un comprobante digital a una empresa grande que ya domina esta tecnología se da la impresión de que tus servicios o compañía tienen un grado de profesionalización mayor.

En cuanto al costo, Raúl Santillán explica que un servicio de factura electrónica como Fiscoclic puede costar entre 80 centavos y 8 pesos por factura.

"Podemos tener un cliente que nos diga que un comprobante impreso le cuesta 30 centavos por unidad, sin embargo, si consideras lo que cuesta la mensajería para entregarlo y el almacenamiento de la factura física los costos se incrementan de manera exponencial".

¿Cómo le hago para adoptar la tecnología?

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El primer paso es cumplir con los requerimientos del Servicio de Administración Tributaria, una persona física, persona física con actividad empresarial, o persona moral debe contar con la firma electrónica y el sello digital, la primera se obtiene con una cita en el SAT y el segundo se obtiene en la página electrónica del SAT en la sección Solcedi, que es un programa que genera el sello .

El siguiente paso es contar con un sistema de generación de facturas, aquí existen dos opciones: ir con un Proveedor Autorizado Certificado por el SAT (conocidos como PAC) o acudir con una compañía que te brinde una solución integral y mantenga los esquemas actualizados.

Este tipo de compañías son una especie de intermediario entre los PAC y tú, se encargan de actualizar los esquemas en que se emiten los comprobantes y de asegurarse de que éstos cumplan con los requerimientos de certificación.

De los más de cinco millones de contribuyentes registrados ante el SAT poco más del 10% han migrado al esquema de factura digital , sin embargo, esta tecnología pinta para ser el mecanismo que toda empresa o profesional independiente deba usar.

Prefiero los comprobantes físicos

Por ahora, los profesionistas independientes no están obligados a emitir comprobantes electrónicos, los recibos físicos siguen siendo una opción para entregar  al patrón que realizará el pago de honorarios.

Al emitir recibos físicos debes tomar los siguientes consejos de Raquel Aguilar, editora de IDC online.

1.Si tus recibos no cuentan aún con el código bidimensional su vigencia terminará en diciembre de este año. (El código bidimensional se obtiene cuando tramitas la firma electrónica).

2.Si ya están impresos con código bidimensional deberás estar pendiente de las actualizaciones de formato que se generen, esto evitará que tus recibos se invaliden.

Recuerda que partir del 1 de julio tus recibos de honorarios deben contener los nuevos requisitos establecidos tanto en el Código Fiscal de la Federación como en las reglas de la Resolución Miscelánea Fiscal 2012, conforme a lo siguiente:

Requisito

Observaciones

Opción para cumplirlo

Régimen fiscal en el que tributa el emisor del comprobante

 

En el caso de profesionistas que emitan sus recibos de honorarios, anotarán “Del régimen de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales”

 

Puedes señalar en el apartado designado para tal efecto, la expresión "No aplica".

 

Forma en que se realizó el pago y datos de la cuenta/tarjeta con que se realiza el mismo

Debes señalar la forma en que tu cliente te paga (cheque, transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito). Además deberás señalar los últimos cuatro dígitos de la cuenta o tarjeta con que se realiza el pago

Si no es posible identificar la forma en que se realizará el pago al momento de la expedición del comprobante, y en consecuencia no tienes el dato de los últimos cuatro dígitos del número de cuenta, tarjeta de crédito, de débito o de servicio, podrás cumplir con este requisito señalando la expresión “No identificado” en el apartado del comprobante fiscal designado al efecto

RFC genérico 

 

En los recibos siempre se anota la clave de RFC de tu cliente. Sin embargo, si llegas a emitir un comprobante a nombre de una persona que no está inscrita en el RFC anotarás la clave que corresponda conforme a lo siguiente:

  • público en general: XAXX010101000
  • residentes en el extranjero: XEXX010101000

 

 

Unidad de medida

 

 

Tratándose de comprobantes relacionados con la prestación de servicios, se podrá asentar la expresión “No aplica”.

 

 

Fuente: IDC Online

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