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Benefíciate del IMSS aún sin empleo

Si perdiste tu trabajo puedes recibir atención en el instituto a cambio del pago de una cuota anual; las tarifas van de 1,420 a 3,733 pesos, según la edad del asegurado.
mar 27 agosto 2013 06:03 AM
México es el país de la OCDE con el gasto privado en salud más elevado. De cada 100 pesos, 52 los desembolsan las familias debido a la falta de cobertura. (Foto: Thinkstock)
salud (Foto: Thinkstock)

¿Perdiste tu empleo o te volviste profesional independiente? Tú puedes seguir recibiendo atención médica por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).

Esto es posible gracias al Seguro de Salud para la Familia, un esquema contemplado en el artículo 240 de la Ley del Seguro Social que te permite a ti y a tu familia atenderse en el IMSS por enfermedades, accidentes y maternidad a cambio del pago de una cuota anual.

La tarifa varía según la edad de la persona interesada en asegurarse: a mayor edad mayor será el costo de asegurarse. Actualmente puede ir desde 1,420 pesos para quienes tienen 19 años o menos y hasta 3,733 pesos para las personas de 60 años y más.  Estos montos se actualizan cada año conforme a la inflación.

El interesado puede inscribir a sus familiares directos como esposo (a) o concubina (rio), hijos y padres. Así como familiares adicionales como abuelos, nietos, hermanos, primos, sobrinos y hermanos de los padres, informaron asesores el Instituto. La contratación de este seguro sólo da derecho a los servicios de salud, no a recibir una pensión.

Lo que te cubre y lo que no

El Seguro de Salud para la Familia cubre asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria. Incluye consultas médicas, medicamentos, operaciones, hospitalización, estudios de laboratorio, servicios de rayos X, consultas con especialistas, servicio dental básico y atención por maternidad.

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Sin embargo, como ocurre con todo tipo de seguro de salud y gastos médicos, existen restricciones, pues no cubre enfermedades preexistentes, además de que contempla tiempos de espera para ser atendido por algunos padecimientos, expuso Erick Olivares, especialista de Sánchez Arroyo Consultores.

Por ejemplo, el IMSS no asegura a las personas que presenten enfermedades preexistentes como cáncer, diabetes con complicaciones tardías como insuficiencia renal, pérdida de la vista, afecciones cardiacas, hipertensión con complicaciones tardías, artritis o reumatismo con complicaciones, tener marcapasos o haber sufrido embolias, entre otras.

En cuanto a los tiempos de espera, el asegurado recibirá atención sólo después de haber transcurrido un periodo determinado para ciertos eventos. Por ejemplo, la persona estará cubierta por maternidad sólo 10 meses después de haber contratado el seguro; seis meses en el caso de tumor benigno de mama o un año en el caso de algunos tipos de de hernias. Pasado ese tiempo la persona recibirá atención médica por los padecimientos ya mencionados.

Las restricciones médicas y los tiempos de espera no aplican si el trabajador se inscribe, o a sus familiares, antes de cumplir 12 meses de haber perdido su empleo, según el reglamento de la Ley.

"A muchos trabajadores les preocupa no perder su empleo porque alguno de sus familiares recibe en el IMSS tratamiento por una enfermedad crónica. Pero si la persona se inscribe a esta modalidad antes del periodo establecido por el IMSS, el Instituto le dará continuidad a su tratamiento", explicó Erick Olivares.

Según información del IMSS, los servicios médicos inician el primer día hábil del mes siguiente a la inscripción.

¿Cómo puedes inscribirte?

Para realizar el trámite de inscripción al Seguro de Salud para la Familia, puedes realizarlo en la Subdelegación del IMSS más cercana o pedir información al teléfono (01 800) 623-2323. Ahí también podrás consultar la lista de documentos necesarios para la inscripción.

Cuotas anuales

La cuota anual se paga por anticipado y se determina con base en la edad de cada miembro de la familia. Las tarifas se actualizan en febrero de cada año de acuerdo con el incremento en la inflación.

Rango de edad

Cuota anual

0 a 19 años

1,420.15

20 a 39 años

1,659.80

40 a 59 años

2,480.90

60 años y más

3,733.30

Fuente: Instituto Mexicano del Seguro Social.

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