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Reforma financiera crea Buró de bancos

La norma aprobada permitirá la creación de un sistema que registrará prácticas abusivas del sector; además, los clientes podrán cambiar un crédito de una institución a otra de forma más ágil.
jue 28 noviembre 2013 06:00 AM
LA CNBV considera que hay un renovado interés de instituciones por incorporarse al mercado mexicano. (Foto: Getty Images)
bancos

Así como las instituciones financieras pueden revisar el Buró de Crédito de las personas físicas para observar el comportamiento crediticio de sus clientes, próximamente los usuarios de servicios financieros tendrán acceso a un Buró que registrará la conducta comercial de estas empresas, número de reclamaciones y sanciones recibidas por parte de la autoridad.

De acuerdo con la Reforma Financiera aprobada el martes pasado por la Cámara de Senadores y que ya se envió al Ejecutivo Federal para su publicación en el Diario Oficial de la Federación, este Buró de Instituciones Financieras estaría a cargo de la Comisión Nacional para la Protección y defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

"Esta herramienta es un buen avance en vías de transparentar los servicios financieros", comentó Jorge Moreno, profesor de Finanzas de la Escuela de Negocios del ITAM.

La nueva norma también contempla la creación de un Sistema Arbitral en Materia Financiera, que consiste en un mecanismo de conciliación para usuarios e instituciones, con el propósito de agilizar la resolución de controversias. Además , la posibilidad de mudar un crédito bancario a otra institución que ofrezca mejores condiciones.

"La transparencia de información es muy importante para promover la competencia entre instituciones, lo que eventualmente tendría que beneficiar al usuario", consideró Alejandro Villagomez, académico del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Entre otras atribuciones, Condusef podrá ordenar el retiro o modificación de información engañosa que genere confusión, induzca al error o bien, se considere una cláusula abusiva, aunque no sea ilegal.

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Según el texto, enviado por el Senado al Ejecutivo Federal, la dependencia podría imponer multas de entre 500 y 2000 días de salario mínimos cuando detecte alguna de estas faltas y la isntitución no atienda la orden de suspensión de la información dirigida a los usuarios o cuando no modifique los contratos de adhesión que entregan a sus clientes.

Actualmente, en caso de detectar cláusulas abusivas, la Comisión sólo puede hacer recomendaciones y depende de las instituciones atender o no dichas observaciones.

Sin embargo, todavía hay aspectos por mejorar en los servicios financieros, indicaron expertos.

"Existe un área de oportunidad en las acciones colectivas, que es un mecanismo que la Condusef podría explotar para representar los intereses de muchos usuarios frente a un abuso comercial", dijo Daniel Gershenson, cofundador y presidente de la Asociación Civil, Al Consumidor.

Actualmente, el mecanismo de resolución de conflictos de la Condusef es a través de la mediación y conciliación.

Claves de la reforma financiera

-          Crea un buró de entidades financieras con información sobre las prácticas de cada una de ellas y las sanciones administrativas que les han sido impuestas. La información deberá difundirse a través del portal de Internet de la Condusef.

Cuando se publique la reforma en el Diario Oficial de la Federación, la Condusef tendrá 180 días naturales para poner en funcionamiento el Buró de Entidades Financieras.

-         Crea un Sistema Arbitral en Materia Financiera, que consiste en un mecanismo al que las instituciones podrán adherirse de forma voluntaria para solucionar controversias con usuarios.

Las entidades que se integren podrían ostentar un distintivo que represente su adhesión a este sistema de resoluciónd e controversias, lo que generaría confianza entre los usuarios de servicios financieros, declaró en mayo pasado el titular de la Condusef, Mario Di Costanzo, cuando el presidente presentó la iniciativa.

-          Prohíbe  las ventas atadas, es decir, una institución no podrá condicionar la contratación de una operación o servicio financiero a otro.

-          Los clientes podrán transferir sus créditos al consumo a otra entidad financiera, o sus operaciones bancarias a otra entidad, que se encargará de dar por terminados los contratos respectivos que permitan la movilidad de las operaciones objeto de la transferencia.

Las instituciones de crédito deberán cancelar las operaciones pasivas a más tardar al tercer día hábil bancario siguiente de haber recibido la solicitud del cliente.

-          Se faculta a la Condusef para regular los contratos de adhesión y comprobantes de operaciones, así como para impedir la difusión de información engañosa. El organismo determinará los parámetros o supuestos bajo los cuales se considere que existen este tipo de cláusulas.

"La Comisión Nacional en todo momento podrá ordenar la supresión de cláusulas abusivas en los contratos de adhesión y dará publicidad a dichas resoluciones utilizando los medios que estime convenientes", detalla el documento.

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