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Evita fallas en devolución de impuestos

Si logras saldo a favor ante el fisco debes revisar que tus datos coincidan con los del retenedor; una diferencia podría provocar que el SAT frene la devolución de impuestos.
mar 29 abril 2014 06:02 AM
Puedes obtener tus devoluciones en un plazo de 5 a 40 días. (Foto: Getty Images)
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En teoría, una de las ventajas de realizar tu declaración anual de impuestos antes del 30 de abril es que si obtienes saldo a favor, en menos de 40 días hábiles tendrás ese ingreso extra. Sin embargo existen más de 100 motivos por los cuales el fisco puede retrasar o anular tu devolución.

Las inconsistencias más frecuentes que los contribuyentes cometen al llenar su solicitud de devolución son errores en la captura del RFC de su retenedor (empleador) o persona moral para la que prestaron servicios, omitir la CLABE bancaria donde les depositarán los recursos y que no coincidan los ingresos con los impuestos declarados por su retenedor.

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La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) indica que estas inconsistencias “en ocasiones son imposibles de resolver, pues salen del control del contribuyente”.

Señala que hay una violación a los derechos del contribuyente cuando existe una diferencia entre los datos manifestados en la declaración anual de las personas físicas y la información contenida en las bases de datos del SAT, proporcionada por la empresa retenedora del ISR. Cuando esto sucede es responsabilidad del declarante solucionar este problema.

“Esta práctica les genera a los pagadores de impuestos cargas y costos adicionales para ejercer su derecho a la devolución, además la autoridad fiscal desconoce los impedimentos a los que se enfrenta el contribuyente para llevar a cabo la aclaración de las discrepancias”, indica la Prodecon.

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“Esto nos parece que es un exceso. La autoridad fiscal no está dando cumplimiento al Artículo 4to de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente que establece que el SAT debe facilitar a los pagadores de impuestos el ejercicio de sus derechos y las devoluciones”, comentó el subprocurador de Análisis Sistémico y Estudios Normativos de Prodecon, José Luis Figueroa Jácome.

Las cartas de retenciones, las declaraciones previas de las personas morales u otro tipo de documentos presentados por terceros no están en poder del contribuyente, por lo tanto “solo subsanará ante la autoridad tributaria alguna cuestión que esté a su alcance”, detalla la Prodecon.

Todos los saldos a favor se depositarán en la cuenta bancaria del contribuyente, “no se podrá utilizar la cuenta CLABE de otra persona porque si el SAT detecta que esta cuenta está relacionada con otro contribuyente se cancelará la devolución”, dijo el integrante de la Comisión de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Víctor Manuel Pérez Ruiz.

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Para obtener una devolución automática, los RFC de los comprobantes fiscales que el contribuyente meta en sus deducciones personales deben coincidir con el registro que ya tiene el SAT, de lo contrario deberá presentar una declaración complementaria donde acompañe el informe con todos y cada uno de los recibos que comprueben sus gastos, agregó el experto.

El contribuyente deberá monitorear de manera constante cómo va el proceso de su devolución a través del portal del SAT, porque es probable que si el fisco detecta alguna inconsistencia se lo comunique al contribuyente.

“Las solicitudes de devolución tienen una vigencia, si no revisas a tiempo y aclaras lo que te pida la autoridad, tendrás que presentar una declaración complementaria”, advirtió Armando Vázquez Juárez, director del despacho contable que lleva su nombre.

Cuando las devoluciones son mayores a 20,000 pesos, será mejor pedirle al SAT que el saldo a favor se vaya a “compensación”, es decir que sirva para pagar parte de los impuestos que se generen en tu siguiente declaración anual, agregó Vázquez Juárez.

Hasta el 25 de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) autorizó 5,437 millones de pesos de 626,040 declaraciones con saldo a favor, que corresponden a 622,052 contribuyentes, anunció la dependencia en un comunicado.

El fisco tendrá tres meses a partir de que el contribuyente realizó su declaración para detectar inconsistencias, la Prodecon sugiere que sea la autoridad fiscal quien requiera al retenedor cualquier aclaración en caso de discrepancias como las antes mencionadas.

Y en lo sucesivo sugiere modificar criterios, programas y guías para facilitar la obtención de los saldos a favor de los contribuyentes.

Evita retrasos

1. Antes de presentar tu declaración anual, verifica que tus ingresos correspondan con la información que ya tiene precargada el SAT (tomada de lo que reportaron las personas morales en febrero).

2. Verifica tu cuenta CLABE bancaria donde el fisco te hará el depósito de la devolución.

3. Revisa que los RFC de las deducciones sean los correctos cuando los captures.

4. Asegúrate de que tu RFC no tenga ningún problema, ya que si el fisco no te tiene en su base de datos como “localizable” no procederá la devolución.

5. Monitorea tu proceso de devolución en el portal del SAT.

6. Cuando la inconsistencia en la solicitud de devoluciones esté fuera tu alcance y competa a un tercero, avísale al SAT para que él intervenga.

7. Si tu devolución es rechazada, solicita una cita personal al SAT para presentar tu solicitud de devolución no automática y acompáñala con la documentación que acredite tus gastos.

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