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Guía para hacer valer tus derechos ante el fisco

La Ley Federal de los Derechos del Contribuyente tiene 24 artículos que te protegen; la Prodecon y los Tribunales Fiscales y de Justicia son los organismos a los que puedes acudir.
mié 25 marzo 2015 06:00 AM
El promedio diario de atenciones en el periodo reportado fue de 14.24 contribuyentes. (Foto: Thinkstock)
quejas (Foto: Thinkstock)

La entrada en vigor de la Reforma Fiscal llevó a que en el primer trimestre del año personas físicas y morales tomaran acciones frente a medidas que consideraron violatorias de sus derechos.

Los derechos los causantes son 24 y se estipulan en la Ley de los Derechos del Contribuyente, emitida desde junio de 2005. Los medios para hacerlos valer son dos: a través de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) o de un abogado fiscalista particular.

Existen cuatro vías para que individuos y empresas hagan valer sus derechos: el recurso de revocación, poner una queja ante la Prodecon, entablar un juicio de nulidad o un juicio de amparo.

Entre enero y marzo de 2015 los causanete acudieron a la Prodecon para ser representados legalmente en 1,886 casos, 91.66% más que en el 2014, cuando hubo 984 casos. Las quejas aumentaron 33.14% al pasar de 3,334 a 4,439.

Además, los casos en los que el contribuyente y el fisco se reunieron para llegar a un acuerdo con la intervención de la Prodecon aumentaron 107.89%, al pasar de 38 a 79 en lo que va del año.

“Las controversias más comunes son las cartas de invitación en las que  el SAT solicita que pague Impuesto sobre la Renta por haber recibido depósitos en sus cuentas bancarias”, explicó la subprocuradora de Asesoría y Defensa del Contribuyente de la Prodecon, Verónica Nava.

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Otros temas recurrentes son el embargo de las cuentas bancarias, condonación de multas y devoluciones personales, detalló.

Este año entrarán en vigor varias disposiciones de la Reforma Fiscal 2014 que podrían motivar nuevas quejas y amparos. Entre ellas, la obligación para las personas morales de presentar su contabilidad electrónica en abril y el límite en las deducciones personales topadas al 10% de los ingresos de las personas físicas y la adopción del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF), agregó la funcionaria.

Además, la devolución del Impuesto al Valor Agregado, multas por emisión de facturas digitales falsas y el límite en las deducciones en previsión social para las empresas son temas que también podrían causar controversias, agregó el abogado fiscalista Luis Perez de Acha.

Tus armas como contribuyente

-Recurso de revocación. Es la respuesta que el contribuyente emite ante el SAT para hacerle saber con pruebas que no tiene la razón en el requerimiento fiscal que le hace. “Este recurso se lleva entre los dos actores, muchas veces de forma electrónica, y el fisco tiene tres meses para responder o modificar sus propias resoluciones”, explicó Perez de Acha.

-Quejas.  El contribuyente pude hacerlas llegar a la Prodecon vía electrónica, por teléfono o de manera presencial. En este caso, la Procuraduría hace un requerimiento a la autoridad fiscal para que presente el informe de la situación fiscal del contribuyente en los próximos tres días y determinar si se violaron sus derechos. La asesoría y servicios de la Prodecon es gratuita, explicó el expresidente de la Comisión Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México, Manuel Toledo.

-Juicio de nulidad. Se lleva ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. “Se utiliza una vez que se estipuló el crédito fiscal estipulado y tendrá 45 días para imponer este juicio que puede llevarse también de manera electrónica”, agregó Toledo.

-Juicios de amparo. Se llevan a cabo ante el Tribunal Superior de Justicia cuando no hubo solución con el juicio de nulidad o cuando alguna ley del congreso como la Reforma Fiscal afecta directamente al contribuyente.

“Un caso que pasa por un juicio de nulidad y posteriormente por un juicio de amparo puede tardar hasta 18 meses en resolverse”, dijo Luis Perez de Acha.

Conoce tus derechos generales como contribuyente

1. Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales.

2. Derecho a obtener las devoluciones de impuestos.

3. Derecho a conocer el estado de sus trámites.

4. Derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales.

5. Derecho a obtener copia de sus declaraciones presentadas.

6. Derecho de no aportar los documentos que ya están en el poder del fisco.

7. Derecho de reservarse datos e información.

8. Derecho a ser tratado con respeto por los servidores públicos.

9. Derecho a que las actuaciones fiscales no requieran mayor gasto al contribuyente

10. Derecho a ser tratado con respeto por los servidores públicos.

11. Derecho a que las actuaciones fiscales no requieran mayor gasto al contribuyente.

12. Derecho a formular alegatos, presentar y ofrecer pruebas a su favor.

13. Derecho a ser oído en el trámite administrativo.

14. Derecho a ser informado sobre sus derechos y obligaciones.

15. Derecho a corregir su situación fiscal.

16. Derecho a elegir y señalar el domicilio al que quiere que se la haga llegar la información y requerimientos.

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