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4 bancos tienen cláusulas abusivas en créditos hipotecarios

Banorte, Banregio, Banca Afirme y Banamex no las han eliminado como ordenó la autoridad; en total existen 185 disposiciones excesivas en los contratos de las instituciones financieras.
jue 25 junio 2015 12:39 PM
Desde la alianza, el mercado de derivados ha operado unos 20,000 contratos, por un valor de 2,000 mdd. (Foto: Photos to Go)
derivado mercado accion (Foto: Photos to Go)

Los contratos de adhesión de los créditos hipotecarios de Banorte, Banamex, Banca Afirme y Banregio mantienen claúsulas abusivas por lo que la autoridad reguladora podría imponerles multas que van desde los 35,000 hasta 140,200 pesos.

A partir del 4 de marzo las instituciones financieras tenían que eliminar este tipo de disposiciones en los documentos que utilizan con sus clientes, sin embargo la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) ha detectado que aún hay unas 185 que aún no eliminan.

El crédito hipotecario es el producto con mayor número de cláusulas abusivas, de las cuales Banorte concentra 15, Banamex, ocho, Banregio y Banca Afirme, una.

Banorte

Banorte establece en siete de sus contratos como causa del vencimiento anticipado del crédito hipotecario el incumplimiento del acreditado en otros créditos celebrados con ésta u otra entidad financiera:

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“EL BANCO se reserva la facultad de dar por vencido anticipadamente el plazo fijado en la cláusula de plazo del contrato, y en consecuencia, LOS ACREDITADOS deberán hacer el pago inmediato del importe del saldo del Crédito (…) si LOS ACREDITADOS dejan de cumplir con cualquier otro crédito o préstamo que le hubiere otorgado el banco o cualquier otro tercero (…)”, indica.

Y en los ocho contratos restantes menciona que en caso de algún adeudo en el crédito hipotecario se realizará sin previo aviso el cargo en cuentas de depósito:

“LOS ACREDITADOS autorizan expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de EL BANCO y en favor de los ACREDITADOS, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por los ACREDITADOS con EL BANCO”.

Banamex

Banamex repite en ocho de sus contratos de adhesión registrados ante la Condusef la misma cláusula abusiva referente al cobro o compensación de adeudos vencidos en cuentas de depósito.

“Bamamex queda expresa e irrevocablemente facultado por el Cliente para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo, todas las cantidades vencidas y no pagadas del Crédito contra cualquier deuda líquida y exigible que existiere a cargo de Banamex y en favor del Cliente, incluyendo sin limitación, deudas derivadas de depósitos bancarios de dinero constituidos por el Cliente con Banamex.

“Una vez realizada la compensación, Banamex notificará al Cliente que ha realizado la misma a través de cualquiera de los medios señalados en la cláusula denominada "Notificaciones", en el entendido que la falta de dicha notificación no afectará la validez de la compensación”, detalla.

Banregio

Banregio también pasa por alto la observación de Condusef referente al tema de compensaciones y escribe en sus contratos que:

“La PARTE ACREDITADA autoriza expresa e irrevocablemente a EL BANCO para compensar, sin necesidad de notificación o requerimiento previo todas las cantidades vencidas y no pagadas derivadas del presente crédito, contra cualquier deuda líquida y exigible que existe a cargo de EL BANCO y a favor de la PARTE ACREDITADA (…) incluyendo expresamente la cuenta de depósito”.

Banca Afirme

Afirme establece que el acreditado debe avisar con antelación a la Institución Financiera la realización de un pago anticipado total o parcial del crédito.

“La PARTE ACREDITADA por cuenta propia o a través de una Entidad podrá pagar anticipadamente las cantidades que haya dispuesto del Crédito, sin pena o premio a favor de la PARTE ACREDITADA. Para tal efecto, la parte acreditada deberá presentar a la Institución, previo y por escrito, un aviso irrevocable para hacer un pago por anticipado o por adelantado (…)”, menciona la cláusula.

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