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La reforma fiscal impulsa a… contadores

Si un causante quiere recuperar el 2% a depósitos bancarios tiene que recurrir a un contador; el contribuyente estaría obligado a dictaminar sus estados financieros para solicitar devolució
mié 19 septiembre 2007 06:05 AM
Algunos contribuyentes acabarán absorbiendo el nuevo impuest

Los contribuyentes que reciban depósitos en efectivo superiores a 25,000 pesos de manera individual o acumulativamente y estén obligados a pagar un 2% de impuesto,  tendrían que presentar un dictamen de un contador público para solicitar la devolución, explicó el despacho de consultoría fiscal, Deloitte.

“El dictamen es necesario para la devolución”, afirmó en conferencia de prensa el socio del Área de Impuestos, Luis Liñero.

Sin embargo, agregó, aún falta que las autoridades hacendarias publiquen las reglas, donde se determinaría si todos los contribuyentes estarían obligados a dictaminar o para las personas físicas habría un esquema distinto.

Actualmente las personas morales y las personas físicas con actividades empresariales con ingresos acumulables superiores a 30.47 millones de pesos anuales, o activos superiores a 60.94 millones de pesos o 300 empleados en el último año están obligadas a dictaminar, según información del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Para dictaminar los contadores deben contar con permiso del SAT y el proceso de dictaminación es como una pequeña auditoría, donde el contador verifica la veracidad o no de los datos que el contribuyente entrega al fisco.

Liñero detalló que la acreditación del impuesto se podrá hacer de forma mensual o directamente en la declaración anual.

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El experto fiscal indicó que el IDE se podrá acreditar contra el impuesto anual y los pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR), contra el ISR retenido a terceros y contra otras contribuciones federales a cargo.

El IDE, antes conocido como el Impuesto Contra la Informalidad (ICI), prevé gravar a partir de julio de 2008 con 2% los depósitos bancarios realizados en efectivo superiores a 25,000 pesos, ya sea individual o acumulativamente.

El impuesto se paga sobre el monto arriba de los 25,000 pesos, detalló por su parte el despacho fiscal Horwarth Castillo y Miranda.

Sin embargo, este gravamen no lo pagan todos. Las entidades federativas, municipios, paraestatales, sistema financiera, diplomáticos y empleados de embajadas están exentos.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó el lunes que trabajan ya con las instituciones financieras para que se establezca un sistema que permita avisarle de manera automática e inmediata al fisco en el mismo momento en que se realice el depósito en efectivo.

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